Rajoy y Fernando Martínez Maíllo en la reunión del Comité Ejecutivo del PP
EUROPA PRESS
Actualizado: martes, 6 junio 2017 18:44

Los Estatutos fijan en la apertura de juicio oral el momento de apartar a un cargo y Sánchez sigue siendo presidente del PP de Murcia

MADRID, 6 Jun. (EUROPA PRESS) -

La dirección nacional del PP no tomará medidas contra el expresidente de Murcia Pedro Antonio Sánchez hasta que no haya una resolución judicial firme que determine formalmente su procesamiento y la apertura de juicio oral por la trama Púnica, según han informado a Europa Press fuentes del partido.

Este martes, el magistrado instructor del TSJ de Murcia, Enrique Quiñonero, ha acordado la conclusión de las diligencias previas del caso Púnica y propone procesar al expresidente murciano por este caso, en el que está siendo investigado por posibles delitos de fraude, cohecho y revelación de información reservada.

En su auto, el juez ordena la continuación del proceso por los trámites del procedimiento abreviado. Además, da un plazo de 10 días para que se abra juicio oral o se dicte el sobreseimiento de la causa.

ES DIPUTADO AUTONÓMICO Y PRESIDENTE DEL PP MURCIANO

Fuentes del PP entienden que hasta que no se dicte una resolución firme confirmando su procesamiento no podrán tomar ninguna medida contra Sánchez, que es presidente del PP de Murcia y mantiene su escaño en el Parlamento regional.

El pasado 4 de abril Sánchez presentó su dimisión como presidente del Gobierno de Murcia alegando que quería "evitar un gobierno tripartito", tras constatar que Ciudadanos iba a apoyar la moción de censura presentada por el PSOE.

Tras este paso, los 'populares' lanzaron a Fernando López-Miras para sustituirle al frente del Gobierno regional, pero el PP murciano y nacional acordaron que Sánchez mantuviera su acta de diputado en la Asamblea de Murcia y la presidencia del partido, un puesto que ocupa desde el 18 de marzo de este año.

¿QUÉ DICEN LOS ESTATUTOS DEL PP?

El PP considera que el momento de apartar a un político es la apertura del juicio oral y, de hecho, ése ha sido el argumento que repitió hasta la saciedad ante Ciudadanos (Cs) cuando Pedro Antonio Sánchez fue imputado en el llamado 'caso Auditorio'.

El artículo 22 de los Estatutos del PP señala textualmente que el Comité de Derechos y Garantías procederá "a la apertura de un expediente
informativo, el cual se transformará en un expediente disciplinario en el momento en el que se tenga conocimiento de la apertura del juicio oral en el procedimiento judicial correspondiente".

"La resolución de dicho expediente disciplinario tendrá lugar cuando se dicte la sentencia, no firme, o, en su caso, auto de sobreseimiento que ponga fin al procedimiento judicial", añaden las normas internas del PP.

Además, los Estatutos --aprobados en el congreso nacional del pasado mes de febrero-- recogen que "en los casos de delitos flagrantes de corrupción, el Comité de Derechos y Garantías Nacional a la vista de la gravedad de los hechos podrá determinar la suspensión de funciones o de afiliación, lo que se acordará en función de las circunstancias específicas de cada caso concreto".

También señalan los Estatutos que en el caso de que afiliado fuera aforado o pertenezca a cualquier órgano nacional del partido, la competencia "exclusiva y excluyente" para instruir y resolver el
expediente corresponderá al Comité Nacional de Derechos y Garantías, de oficio o a propuesta del presidente Nacional o el Comité Ejecutivo Nacional.

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