Un juzgado de Valencia condena a un año y tres meses de cárcel a tres miembros del GAV por el asalto al Casal Jaume I

Actualizado: viernes, 27 enero 2006 20:08

VALENCIA, 27 Ene. (EUROPA PRESS) -

Un juzgado de Valencia ha condenado a un año y tres meses de cárcel, al pago de una multa y a inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo a cada uno de los tres miembros de las juventudes del Grup d'Acció Valencianista (GAV), acusados del robo y daños en el Casal Jaume I de Russafa, según informaron en un comunicado fuentes de Acció Cultural del País Valencià (ACPV), entidad que ejerció la acusación particular en el proceso.

El juzgado ha condenado a Alejandro E.C., miembro de la Junta Directiva de las juventudes del GAV y ex presidente de la entidad; a josé Luis C.A., y a Amalia Lidia B.S., dos miembros de esta organización por el delito de robo con fuerza y una falta de daños, con la agravante de haber cometido los hechos por motivos de discriminación ideológica, y la atenuante de reparación del daño causado.

La sentencia, según las mismas fuentes, considera probado que los acusados faltaron a la verdad en el juicio, celebrado la pasada semana, ya que ha quedado acreditado que "estuvieron el tiempo necesario para forzar la entrada al Casal, causar los daños, manchar la fachada con pintura, registrar el interior, registrar, seleccionar objetos de su interés, cogerlos, incluyendo dinero y transportarlos"

Asimismo, considera que ha quedado acreditada la "vinculación" de los tres miembros con "una organización cuya revista había dado publicidad a hechos similares anteriores y había publicado artículos defendiendo y felicitándose por la comisión de los mismos". Según ACPV, la sentencia también considera probado que concurre la agravante de haber cometido el delito "por razones ideológicas" ya que "los acusados decidieron atacar el Casal Jaume por su condición de sede de actividades de personas vinculadas a Acció Cultural del País Valencià".

Así, señala que las características de la acción, "tirando pintura azul y roja, la vinculan, la hacen pareja a otras acciones o ataques por móviles ideológicos sufridos por otros locales de la misma asociación" y añade que la selección del local "fue consecuencia de la vinculación del mismo a una asociación ideológicamente antagonista a aquélla a las que los acusados pertenecían o con la que simpatizaban".

Tanto la abogada de la acusación particular, Mercè Teodoro, como la Junta Directiva de Acción Cultural, y especialmente su presidente, Eliseu Climent, que el mismo día del juicio sufrió un asalto a la librería de su propiedad, valoran muy positivamente la sentencia porque, dijeron, "por primera vez se produce una condena seria, razonable y proporcional a los ataques violentos que venden sufriendo sus sedes y de otros colectivos progresistas, librerías y partidos políticos". Así, apuntaron que "por primera vez también hay un reconocimiento explícito, formal y jurídico de que estos ataques son una manifestación de violencia política de personas vinculadas a organizaciones de la derecha secesionista valenciana como, por ejemplo, el GAV".

La sentencia, además, "está abundosamente motivada" --con un total de 17 páginas-- y es "de gran calidad desde el punto de vista técnico, y pese a que puede ser recurrida en apelación, la entidad confía en que el recurso no prosperará atendida la relevancia de la prueba practicada y la concurrencia de todos los elementos de los tipos penales aplicados", indicaron fuentes de ACPV.

Los acusados, además, subrayaron, deberán indemnizar los daños sufridos por ACPV y abonar los gastos del juicio, incluidas los de la acusación particular ejercida por ACPV porque, según recoge la sentencia, "su intervención ha sido especialmente relevante, tanto en la aportación de prueba relevante para el enjuiciamiento de los hechos, como por el sostenimiento de pretensiones, distintas a las del Ministerio Fiscal, que han prosperado".