Piden juzgar en Madrid caso blanqueo del hermano de expresidente de Emarsa

Carlos Crespo en un momento del juicio
EUROPA PRESS

((Rogamos sustituyan esta noticia por otra anterior por errata en el titular))

VALENCIA, 27 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Fiscalía de Valencia y la defensa de Carlos Crespo, hermano del expresidente de Emarsa y exvicepresidente de la Diputación de Valencia, Enrique Crespo, imputado en la pieza del caso Emarsa relativa a presunto blanqueo de capitales, han solicitado que este proceso se juzgue en la Audiencia Nacional. Esta pretensión se ha encontrado con la oposición de la Abogacía de la Generalitat y de la Entidad Metropolitana de Servicios Hidráulicos (Emshi), que han requerido que la pieza se quede en la Audiencia de Valencia.

Este viernes se ha celebrado en la Audiencia de Valencia una vista con cuestiones previas por la pieza de blanqueo de capitales del caso Emarsa, en la que está imputado desde el año 2012 Carlos Crespo, que se enfrenta a cuatro años de cárcel, tal y como le solicita el ministerio público.

La vista por esta pieza, la primera de todo el procedimiento que se ha señalado para juicio, se ha centrado en dos cuestiones fundamentales. Por un lado, la petición de inhibición a la Audiencia Nacional; y, por otro, la solicitud del abogado de Crespo de que se suspenda el juicio hasta que se celebre la vista de la causa principal de Emarsa.

Respecto a la primera cuestión, tanto Fiscalía como el letrado de Crespo han justificado la inhibición de esta pieza en favor de la Audiencia Nacional en que el núcleo de la acción se cometió en Andorra, donde Carlos Crespo y su hermano, Enrique, abrieron una cuenta bancaria e ingresaron inicialmente 350.000 euros. Seguidamente, a lo largo del tiempo, Carlos Crespo realizó otros ingresos en efectivo y dispuso de las cantidades.

En concreto, el ministerio público ha insistido en que el presunto delito de blanqueo se cometió fuera del territorio nacional, en Andorra, donde el imputado abrió una cuenta junto a su hermano y realizó diferentes ingresos de dinero en efectivo a partir del 27 de diciembre de 2007.

Con ello, considera que la acción/resultado del delito se produjo en Andorra, y que lo que sostienen el resto de partes para que la pieza se quede en la Audiencia de Valencia se fundamenta en "meros indicios" que hacen referencia a que el dinero debió salir de Valencia y a que luego también fue recuperado en esta ciudad. Pero al respecto ha puntualizado que "no se sabe si el dinero salió directamente de aquí o de cualquier otro lugar". En resumen, ha reiterado: "La acción relevante es que la apertura de cuenta y el ingreso del dinero se realizó en Andorra, con lo que la Audiencia de Valencia no es competente para conocer estos hechos".

En esta línea, el letrado de Crespo ha apuntado que "el único hecho objetivo es que el comportamiento típico ha tenido lugar fuera de España, en Andorra", con lo que ha aseverado que no se puede mantener la competencia en Valencia "por una hipótesis". "La imaginación no tiene límites", ha ironizado, para insistir en la competencia de la Sala Penal de la Audiencia Nacional.

Este abogado también ha lamentado que el juez instructor del caso "haya troceado" la declaración que prestó su representado en instrucción "para lo que le ha interesado", que era sostener la competencia de la pieza en la Audiencia de Valencia. Crespo declaró que el dinero que ingresó en Andorra lo obtuvo previamente en Valencia y que un comercial de Andorra se desplazaba a España a por el efectivo.

ORIGEN DEL FRAUDE

Frente a esta solicitud, la Abogacía de la Generalitat y de la Emshi han mostrado su oposición y han subrayado que esta pieza se debe juzgar en la Audiencia de Valencia puesto que el origen del dinero es Valencia, ya que supuestamente procedía del fraude en la gestión de la depuradora de Pinedo.

Así, la Abogacía de la Generalitat ha apuntado que la incorporación del patrimonio que efectúa Crespo tiene lugar en Valencia; que el dinero se obtiene en Valencia del supuesto fraude en la gestión de la depuradora de Pinedo; y que la residencia del imputado se encuentra en esta ciudad.

Por su parte, la letrada de la Emshi ha indicado el dinero que se defraudaba en Emarsa "se obtenía en España"; que su hermano, Enrique, era el que le daba el dinero en Valencia; y que el imputado abrió hasta dos cajas de seguridad en bancos de la ciudad en los que pudo guardar parte del efectivo. "El delito --ha agregado-- se consuma en la adquisición de bienes, y esto sucede en España".

La segunda cuestión que se ha abordado en la vista es la posible suspensión del juicio hasta que se juzgue la pieza principal del caso Emarsa. Al respecto, el abogado de Carlos Crespo ha realizado esta petición, a la que se han opuesto el resto de partes.

El letrado de Crespo ha señalado que celebrar este juicio cuando está pendiente de enjuiciarse la causa principal del caso supone una cuestión perjudicial penal para su cliente. Ha aludido a que se trata de procesos conexos y sin avanzar el primero, no es posible llegar a conclusiones en esta pieza.

Frente a este argumento, el letrado de la Generalitat ha afirmado que no es necesario una condena o pronunciamiento previo sobre la rama principal para conocer del de delito de blanqueo de capitales en esta pieza separada, tal y como señala diferente jurisprudencia. También la abogada de Emshi ha señalado que hay más elementos probatorios en esta pieza que los derivados de la causa original. El tribunal resolverá sobre estas cuestiones en una resolución, y mientras tanto ha fijado el 22 de mayo para comenzar con el juicio, siempre que estime que el órgano competente de esta pieza es el valenciano.

El fiscal solicita cuatro años de cárcel para Carlos Crespo y 700.000 euros de multa; la Abogacía de la Generalitat, tres años de prisión y 350.000 euros de multa y la Emshi, otros tres años de cárcel pero eleva la multa hasta los 700.000 euros, igual que el ministerio público.