La Junta de Gobierno Local acuerda recurrir la resolución de Instituciones Penitenciarias sobre la nueva cárcel

Actualizado: martes, 21 octubre 2008 15:07

PAMPLONA, 21 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Ayuntamiento de Pamplona recurrirá la resolución de la Secretaría General de Instituciones penitenciarias (de fecha 7 de julio de 2008). En esa resolución el organismo estatal descartaba la petición del Consistorio de retrotraer el expediente de la nueva cárcel al momento de expropiación de los terrenos necesarios para su construcción.

El recurso se interpondrá ante al Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN).

En una rueda de prensa celebrada en el Ayuntamiento para dar a conocer los acuerdos de la Junta de Gobierno celebrada esta mañana, el edil Ignacio Polo argumentó que el recurso se presenta "porque ni tan siquiera se ha entregado todavía el proyecto y por tanto no se conoce su contenido".

De esta forma, el Consistorio pamplonés interpondrá recurso contra esta resolución al considerar, pese a lo indicado por Instituciones Penitenciarias, que siguen siendo válidos los argumentos municipales según los cuales el Ayuntamiento desconoce el proyecto, un proyecto que además se sustrajo del trámite de información pública, como es preceptivo.

También se arguye desde el Ayuntamiento que las recientes actuaciones de la Administración del Estado informando al Consistorio sobre las alegaciones interpuestas y enviando a Pamplona el acuerdo de aprobación de la expropiación por procedimiento de urgencia, han sido efectuadas de manera extemporánea y no se pueden convalidar. Finalmente argumenta el recurso que dicha declaración de urgencia no tiene suficiente fundamentación.

Los letrados municipales, apoyándose en la jurisprudencia, alegan que para que el procedimiento pueda ser declarado urgente es necesario que concurran dos requisitos: materialmente que la decisión de deba a circunstancia excepcionales y formalmente que la urgencia esté debidamente motivada en el acuerdo. Desde ese punto de vista alegan que la justificación de la Administración del Estado es extemporánea y la necesidad de plazas penitenciarias no se vincula específicamente a la ciudad.

Desde un segundo punto de vista, los terrenos afectados son no urbanizables según el PGOU (Plan General de Ordenación Urbana) y gozan de un régimen de protección medioambiental.

Pese a la posibilidad constitucional de que desde la Administración General del Estado se pueda modificar el planeamiento local 'por obras públicas de interés general', esa posibilidad se sujeta a un estricto procedimiento que, desde el punto de vista del Consistorio de Pamplona no se ha cumplido, es más, dice el letrado ha habido 'una omisión absoluta del procedimiento establecido'.

Esto es así, establece el informe, porque no se ha sometido el proyecto a la consideración del Ayuntamiento contra el principio de seguridad jurídica que debe regir en toda expropición.

También porque la ley determina que se deberá intentar resolver las eventuales discrepancias por acuerdo, y si esto no es posible, deberá adecuarse el planeamiento; para este segundo supuesto sigue siendo necesario, dice el texto del informe, que el Consistorio conozca el proyecto para poder modificar el instrumento urbanístico y valorar sus consecuencias en el orden ambiental.