Parlamentarios animalistas plantean que la zoofilia sea delito

Chesús Yuste, diputado de Chunta Aragonesista, en el hemiciclo
Foto: CONGRESO
Actualizado: martes, 17 diciembre 2013 22:09

MADRID, 12 Nov. (EUROPA PRESS) -

   La Asociación Parlamentaria en Defensa de los Animales (APDDA) ha propuesto elevar de uno a tres años de prisión las condenas por maltrato animal, especialmente cuando el condenado sea reincidente, dado que con la situación actual se pretende eludir la cárcel si la pena es inferior a los dos años y se carece de antecedentes, así como incluir la zoofilia dentro del Código Penal, como ya han hecho otros países europeos como Alemania, Holanda o Bélgica.

   Se trata de las propuestas a la reforma del Código Penal que la asociación va a remitir a todos los grupos parlamentarios, dado que en la actualidad "nadie entra en prisión por maltrato animal" y que, por tanto, la sociedad no tiene "interiorizada la gravedad de los hechos".

   Por otro lado, propone también que se pueda imponer adicionalmente la sujeción a programas específicos de reeducación y tratamiento psicológico al condenado, a fin de que no reincida.

   Igualmente quiere que el aumento de pena no esté supeditado al resultado de muerte del animal en el maltrato, ya que en numerosas ocasiones la muerte deviene un alivio para el animal, y entiende que la conducta reprobable penalmente se lleva a cabo con anterioridad a la muerte.

ELEMENTOS CONFUSOS EN LA LEY

   Asimismo, la APDDA pide que se supriman de la redacción del proyecto de ley de reforma del Cógido Penal algunos puntos "confusos", como la categorización de 'animales domésticos o amansados' en la inhabilitación de tenencia de animales, ampliando ésta a todos los animales objeto de protección propuestos en el texto actual y que incluye a los animales habitualmente domesticados, animales que viven bajo el control humano y a cualquier animal que no viva en estado salvaje.

   Es más, cree que debería aclararse en el redactado de la ley si maltratar cruelmente a un animal doméstico fuera de un "espectáculo no autorizado legalmente" es sancionable.

   "APDDA denuncia que ello ha provocado que existan resoluciones de audiencias provinciales" desestimando la falta de maltrato, por no hacerse en espectáculos públicos no autorizados.

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