El TUE desestima el recurso de España en el caso de las ayudas de Castilla-La Mancha a la TDT

Publicado: jueves, 20 septiembre 2018 11:51

BRUSELAS, 20 Sep. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha desestimado este jueves el recurso de casación interpuesto por España contra una sentencia de diciembre de 2016 que confirmaba la ilegalidad de las subvenciones concedidas por el Gobierno de Castilla-La Mancha a la digitalización y la ampliación de la red de televisión digital terrestre (TDT) en zonas remotas.

En su decisión de octubre de 2014, la Comisión Europea ordenó a las dos empresas beneficiarias (Telecom CLM y Abertis) la devolución de las ayudas, por valor de 46 millones de euros, al considerar que se vulneró el principio de neutralidad tecnológica --sólo se concedían a la tecnología digital terrestre en perjuicio de plataformas alternativas por satélite, cable o Internet-- y concedió una "ventaja selectiva".

La sentencia del TUE de este jueves declara inadmisibles los tres motivos de casación presentados por España, bajo los argumentos de que existían errores de Derecho en sentencias anteriores de la Justicia europea.

En ese sentido, El TUE ha declarado como infundada la argumentación de España de que la Justicia europea se equivocó al declarar que la legislación española no definía de manera clara el servicio de interés económico general (SIEG) de que se trataba, puesto que la Ley General de Telecomunicaciones de 2003 califica explícitamente la explotación de redes de radio y televisión como un "servicio de interés general".

Por otro lado, España ha sostenido que el TUE se equivocó al concluir que la medida controvertida era incompatible con el mercado interior europeo, a causa de la inobservancia del principio de neutralidad tecnológica, un argumento que también ha sido rechazado ya que las autoridades españolas "no han aportado ningún elemento concreto que pueda sustentar su alegación".

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