Absuelto de desobediencia tras ser juzgado en Jaén por no usar mascarilla alegando problemas respiratorios

El acusado, con gafas de sol, junto a su abogado Francisco León, a las puertas del Juzgado el día del juicio/Archivo
El acusado, con gafas de sol, junto a su abogado Francisco León, a las puertas del Juzgado el día del juicio/Archivo - EUROPA PRESS
Europa Press Andalucía
Actualizado: martes, 1 diciembre 2020 11:26

JAÉN 1 Dic. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de lo Penal número 3 de Jaén ha absuelto de dos delitos de desobediencia al vecino de Villacarrillo (Jaén), de 49 años, que fue juzgado el pasado 24 de noviembre por no usar la mascarilla alegando problemas respiratorios agravados por su exceso de peso y por una fractura antigua del tabique nasal.

La magistrada argumenta su fallo absolutorio "al no resultar desvirtuado el principio de presunción de inocencia". Asimismo, recoge en la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press a través del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que de las declaraciones de los dos agentes de la Policía Local "no puede desprenderse de forma fehaciente que el hoy acusado fuera requerido de modo concreto de la posibilidad de incurrir en un delito de desobediencia revestido de todas las formalidades legales y debidamente comunicado con los apercibimientos de rigor".

Se refiere así al incidente registrado el pasado 6 de noviembre en una calle de Villacarrillo cuando dos agentes requirieron al procesado por no llevar la mascarilla. En este punto, la magistrada sostiene que el agente "se limitó a manifestar en el juicio que se informó al acusado que se iban a poner los hechos en conocimiento de la autoridad judicial, no cumpliendo por tanto dicha advertencia los requisitos que debe revestir el requerimiento".

Sobre los hechos ocurridos el 9 de noviembre cuando M.V.G. fue citado a comparecer en el juzgado por un delito de desobediencia y lo hizo nuevamente sin mascarilla, lo que le valió salir acusado de dos delitos de desobediencia. Sin embargo, la jueza recoge que cuando los guardias civiles le advirtieron que si no se ponía la mascarilla, quedaría detenido, él se la puso.

Aunque inicialmente el Ministerio Fiscal le reclamaba un año de prisión por los dos delitos de desobediencia, durante el juicio cambio su petición por multa de 540 euros por cada uno de los dos delitos.

Se trata de uno de los primeros casos que ha salido a la luz pública en España por acabar en la vía penal después de que una persona se haya negado a utilizar la mascarilla.

El ahora absuelto vecino de Villacarrillo acumulaba seis denuncias administrativas por el mismo motivo hasta que finalmente la Policía Local lo puso a disposición judicial como presunto autor de un delito de desobediencia. No quedó ahí la cosa, cuando fue citado en el Juzgado lo hizo sin mascarilla y la jueza acabó imputándole otro delito más de desobediencia.

El abogado defensor Francisco León relató el día del juicio que cuando su defendido se enteró de que debía comparecer en el juzgado, lo que hizo fue pedir cita al médico de cabecera, pero "tardan diez o 15 días en hacer la visita" y "cuando fue citado en el juzgado iba sin el certificado de su médico de cabecera". Lo único que llevaba era una fotocopia del BOE, firmada por él mismo, en la que dice que las personas con dificultades respiratorias están exentas de usar mascarilla.

Respecto a las seis denuncias anteriores a la que le llevó finalmente al juzgado, su abogado indicó que cuando le habían denunciado "él estaba a tres metros de cualquier persona". "Él cuida de su madre anciana y es el primer interesado en no coger coronavirus, este hombre no es un negacionista", ha señalado León.

Asimismo, apuntó que su defendido ha residido en Valencia y es allí donde tiene todos los informes y su historial médico por lo que, según su abogado, se deberían haber realizado unas diligencias previas que hubiera dado tiempo a "traer todos los informes y no venir a un juicio rápido en donde no se pueden estudiar las afecciones respiratorias que tiene este hombre".

El abogado pidió desde un primer momento la absolución, algo que ha llegado con esta sentencia que podrá ser recurrida en apelación ante la Audiencia de Jaén.

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