El BOJA publica el decreto-ley de simplificación administrativa, cuya convalidación afrontará el Parlamento el miércoles

El presidente de la Junta de Andalucía, Juanma Moreno, el día 5 de este mes en la presentación del decreto de simplificación en Madrid en un Encuentro Informativo de Europa Press.
El presidente de la Junta de Andalucía, Juanma Moreno, el día 5 de este mes en la presentación del decreto de simplificación en Madrid en un Encuentro Informativo de Europa Press. - Jesús Hellín - Europa Press
Publicado: viernes, 16 febrero 2024 11:17

SEVILLA, 16 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) ha publicado este viernes el Decreto-ley 3/2024 de medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la Administración de la Junta de Andalucía y el impulso de la actividad económica en Andalucía.

Su entrada en vigor con carácter general se producirá mañana sábado, al día siguiente de su publicación.

La publicación de esta norma se produce a los diez días de su aprobación en el Consejo de Gobierno y lo hace tan solo a cinco días del debate de su convalidación por el Pleno del Parlamento, que será el próximo miércoles, día 21.

Este hecho suscitó una gran controversia en el seno de la Junta de Portavoces que abordó esta semana el orden del día del Pleno de la Cámara autonómica por la premura para que los grupos de la oposición pudiesen estudiar el texto, lo que motivó que los grupos Socialista, Por Andalucía y Mixto-Adelante Andalucía votaran en contra.

El decreto-ley ocupa 612 páginas del Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, lo que ha motivado que se haga en cuatro fascículos, aunque el último de los cuales, de 143 páginas, son los modelos oficiales de solicitudes.

La norma consta de 277 artículos, distribuidos en 14 títulos, 30 disposiciones adicionales, 36 disposiciones transitorias, una disposición derogatoria y 11 disposiciones finales.

En la exposición de motivos de este iniciativa legal se explica que "se incorporan más de cuatrocientas medidas de simplificación administrativa y medidas de mejora de la regulación" en ámbitos comola comunicación audiovisual, interior, Comunidades Andaluzas, proyectos de interés estratégico, hacienda, contratos y registros, desarrollo educativo, comercio, salud, agricultura y desarrollo rural, universidades y academias, cultura y turismo, formato, articulación del territorio y vivienda, inclusión social, familias numerosas y dependencia, medio ambiente, industria energía y minas, justicia juvenil, colegios profesionales, fundaciones, víctimas del terrorismo, entidades locales y administración pública.

A este paquete de cambios en sectores suma la Junta de Andalucía también "medidas transversales para la mejora del funcionamiento interno de la Junta de Andalucía".

El presidente de la Junta de Andalucía, Juanma Moreno, presentó gran parte del contenido del decreto-ley en un Encuentro informativo de Europa Press, celebrado en Madrid, un día antes de su aprobación por el Consejo de Gobierno, que fue el día 6.

El Gobierno andaluz remarcó, por boca del consejero de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa, Antonio Sanz, que se trataba del cuarto decreto ley en el ámbito de la simplificación administrativa, así como que este último comportaba la modificación de 176 normas: 53 leyes, 95 decretos y 28 órdenes.

El Gobierno andaluz señaló, entre otras contribuciones, del nuevo decreto-ley la reducción de plazos en la tramitación de las solicitudes de la Dependencia, para apuntar que pasará del plazo actual de 555 días de media actuales a un máximo estimado de 180 días, hecho que supondrá recortar los tiempos un año.

Otra de las aportaciones residirá en la interpretación del silencio administrativo. Así, el artículo 21 del decreto-ley, titulado Revisión de efectos del silencio administrativo, indica que "como regla general, en todos los procedimientos de competencia de la Administración de la Junta de Andalucía y de sus entidades instrumentales iniciados a solicitud del interesado, sin perjuicio de la obligación de dictar resolución expresa, el vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado esta, legitima al interesado o interesados para entenderla estimada por silencio administrativo".

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