Huelva.- El CCA rechaza la modificación del Parque Industrial Sierra de Aracena para construir una subestación eléctrica

Actualizado: jueves, 8 mayo 2008 16:10

GRANADA/HUELVA, 8 May. (EUROPA PRESS) -

La Permanente del Consejo Consultivo de Andalucía, en reunión celebrada el pasado día 30 de abril, emitió un dictamen "desfavorable" sobre el expediente tramitado por el Ayuntamiento de Aracena (Huelva) sobre Modificación del Plan Parcial número 12 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal en el Parque Industrial Sierra de Aracena, no pudiendo efectuar la aprobación definitiva al tener el dictamen carácter preceptivo y vinculante.

La modificación del planeamiento sometida a dictamen del Consejo Consultivo de Andalucía lleva a cabo una reubicación de los espacios libres situados al norte del sector y del equipamiento deportivo y social ordenado en el mismo, indicándose al respecto que no se altera la superficie de las citadas dotaciones públicas, todo ello, según se explica, con la intención de ejecutar una subestación de energía eléctrica, según informó el consejo en una nota de prensa.

En este sentido, indicó que "a ello habría que añadir que, igualmente, se persigue la preservación de una zona de arbolado formado por encinas y alcornoques, ubicados en los suelos destinados a los dos equipamientos públicos antes indicados, que desaparecería en caso de llevarse a cabo la ejecución de tales equipamientos, para lo cual las parcelas se recalifican como espacios libres y parte de los terrenos antes destinados a tales espacios libres son re calificados como equipamientos social y deportivo".

Así, añade que, "reconociendo que la intención de mantener la arboleda existente es un fin de protección, no es posible obviar que los equipamientos educativo y social son trasladados al lugar calificado como espacio libre por el Plan Parcial ahora en vigor, cuya morfología no reúne, al menos en toda su extensión, las características apropiadas de funcionalidad para desarrollar en él los usos dotacionales que le son propios".

Por último, informa de que "la parcela donde aparentemente pretenden ubicarse los dos equipamientos públicos se comprueba que cuenta con una anchura en gran parte de su extensión que, según escala 1/1000, no rebasa los diez metros de anchura o profundidad frente a las dos parcelas ahora ordenadas a tal fin, de forma poligonal regular que las capacita para el servicio que allí se ha de prestar", una circunstancia que "ha de conducir a dictaminar desfavorablemente la propuesta de modificación sometida a consulta".