Actualizado: lunes, 3 abril 2017 17:20

SEVILLA, 3 Abr. (EUROPA PRESS) -

La acusación que ejerce la Junta de Andalucía ha solicitado a la Audiencia Provincial de Sevilla que confirme el auto en el que la juez María Núñez Bolaños archivó por vez primera la causa contra uno de los denominados 'intrusos' del caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos.

En un escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, la Junta se opone así al recurso presentado por la Fiscalía Anticorrupción contra la decisión de la juez de sobreseer la causa contra José Antonio Cuevas, que fue incluido en el ERE del Hotel Cervantes de Torremolinos (Málaga) a pesar de trabajar en otra empresa del grupo Ruiz-Mateos.

La Junta entiende que, "contrariamente a lo alegado" por el Ministerio Público, "sí tiene relevancia en la presente causa el análisis de la relación laboral" de José Antonio Cuevas con su empleador "a efectos de determinar si verdaderamente ha tenido o no la condición de 'intruso' en la póliza de renta colectiva" correspondiente al ERE del Hotel Cervantes.

Tras recordar lo declarado por varios de los investigados en el caso, entre ellos los hijos del empresario jerezano ya fallecido José María Ruiz Mateos, la Junta concluye que José Antonio Cuevas "trabajó para el mismo grupo de empresas durante más de 20 años consecutivos, antes a cargo del taller de Autos Marbesol y después a cargo del parking del Hotel Cervantes".

La Junta considera que los hechos investigados en relación con la ayuda al ERE del Hotel Cervantes "revisten indiciariamente el carácter de delito", no obstante lo cual asevera que "los delitos habrían sido perpetrados indiciariamente tanto por las autoridades de la Junta intervinientes como por los dueños y directivos de la empresa --significativamente Juan Lanzas--", los cuales "se habrían lucrado a sabiendas en la concesión de esta ayuda".

"Pero este no es el caso" de José Antonio Cuevas, persona que "no debe ser investigada", pone de manifiesto la acusación que ejerce la Administración autonómica.

A juicio de la Junta, de lo actuado "se deduce claramente que se trató de un trabajador que reunía los requisitos para ser beneficiario de la renta de prejubilación como consecuencia de su despido y que no actuó a sabiendas de un resultado insulto, mucho menos que hubo un desplazamiento patrimonial a su favor sin causa, ajeno a las previsiones presupuestarias establecidas en relación a las ayudas sociolaborales a extrabajadores de empresas en situación de crisis".

EL RECURSO DE ANTICORRUPCIÓN

En su recurso, consultado por Europa Press, la Fiscalía relata que, tras la presentación por parte de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil del atestado relativo a la ayuda recibida por la empresa Europa Center vinculada al ERE del Hotel Cervantes, la juez Mercedes Alaya acordó citar como imputado a José Antonio Cuevas en marzo de 2014.

Según expone, la juez Alaya lo imputó por su inclusión como trabajador en la referida empresa cinco meses antes de la presentación del ERE "y con la única finalidad por el empresario y consentida por el trabajador, que firmó su desistimiento voluntario de su anterior empresa, propiedad de la familia Ruiz-Mateos, de ser beneficiario como asegurado de la póliza de renta colectiva firmada".

En virtud de la misma, y como prejubilado acogido al ERE que se aprobó, el imputado "recibió diversas cantidades de dinero", que tanto José Antonio Cuevas como el empresario "sabían que habían de ser aportadas por la Junta de Andalucía, ahorrándose el empresario de esta manera el abono de cualquier tipo de indemnización".

La Fiscalía añade que el empresario, "con conocimiento" del propio José Antonio Cuevas, "falseó sus datos laborales en la nueva empresa, la cual como explotación hotelera no tenía relación alguna, ni de finalidad, ni de plantilla ni de caja, con la empresa anterior del recurrente, vinculada al alquiler de vehículos en Marbella".

"INDICIOS DE RELEVANCIA PENAL"

Asimismo, el Ministerio Público destaca que "la razón esgrimida para el ERE por la empresa y conocido por el recurrente era un exceso de plantilla envejecida con un elevado índice de absentismo laboral", y añade que, por todo lo anterior, existen "indicios de relevancia penal y no en ningún modo indicios de regularidad o irregularidades laborales".

Dichos indicios "no se han visto dervirtuados hasta el día de hoy, y siguen por tanto vigentes, como así también se estimó" por la Audiencia Provincial de Sevilla en dos autos de junio de 2014 y de 2015 al tratar sobre los recursos presentados por otro imputado cuya causa también ha sido archivada, Carlos Andrés Sendino, "y cuyo contenido es plenamente aplicable por tratarse de otro trabajador de la misma anterior empresa que Cuevas y que de igual manera fue añadido a la empresa y luego a la lista de trabajadores beneficiados por la póliza tras su prejubilación".

Según dice la Audiencia en el auto referente a Sendino pero "igualmente aplicable" al recurrente, "entrar formalmente a trabajar como empleado en una empresa de la que se sabe que está en conversaciones para la presentación de un ERE para supresión de más de la mitad de su plantilla no podía pasar desapercibido a Sendino, que se prestó a ser formalmente un empleado en nómina meramente de cara a una prejubilación haciéndose constar además como datos de antigüedad en la empresa que solicitaba el ERE, una que en absoluto se correspondía con la que tenía en la misma y sin perjuicio de que a otros efectos laborales pudiera reconocérsele...".

El pasado mes de marzo, la juez María Núñez archivó la causa contra cuatro personas imputadas por el ERE del Hotel Cervantes, como son el propio Claudio Andrés Sendino, trabajador del mismo; Gonzalo Fuentes, integrante de la federación de Comercio, Hostelería y Turismo de CCOO de Málaga; José Cabrera, miembro del Comité de Empresa como secretario de la sección sindical de CCOO, y Miguel Rodríguez, director del hotel.

La magistrada archivó la causa contra estas cuatro personas en un auto donde lamentaba que en esta causa han sido imputadas personas que, "valoradas en este momento sus circunstancias, lejos de poder ser consideradas delincuentes, podrían ser consideradas 'víctimas'" de esta 'macrocausa', una decisión que también ha sido recurrida por la Fiscalía, que le reprocha el uso de argumentos "carentes de naturaleza jurídica".

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