Votación en la Diputación Permanente del Parlamento andaluz. (Foto de archivo). - JOAQUÍN CORCHERO/PARLAMENTO DE ANDALUCÍA
SEVILLA 30 Mar. (EUROPA PRESS) -
El Parlamento de Andalucía ha acordado una modificación parcial de su relación de puestos de trabajo (RPT) en virtud de la cual, y entre otras cuestiones, crea la figura del secretariado de presidencia de comisiones.
El acuerdo, consultado por Europa Press tras su publicación, este lunes 30 de marzo, en el boletín oficial del Parlamento, se adoptó el pasado día 26 en la mesa de la Diputación Permanente, órgano que vela por los poderes de la Cámara en los periodos en los que está disuelta, como ocurre actualmente tras la convocatoria de las elecciones andaluzas para el próximo 17 de mayo. Entrará en vigor el 1 de junio de este año 2026.
Este cambio en la RPT se produce tras la "amplia modificación" de la misma que aprobó la Mesa del Parlamento el 4 de octubre de 2023 con el fin de proporcionar al personal al servicio de la Cámara "una posibilidad razonable de realizar en el Parlamento de Andalucía una carrera administrativa a través de nuevas oportunidades de promoción".
Desde el Parlamento justifican estas modificaciones en la relación de puestos de trabajo esgrimiendo el objetivo de "responder, mediante previsiones de carácter muy específico, a concretas necesidades detectadas en materia de personal".
Así, por un lado, "atendiendo a reiteradas solicitudes procedentes del Servicio de Publicaciones", con el acuerdo adoptado la semana pasada "se amplía en tres el número de oficiales de edición previstos en la relación de puestos de trabajo".
Dicho cambio obedece a una "doble finalidad" que pasa, en primer lugar, por "proporcionar una razonable seguridad de que puedan ser atendidas las crecientes necesidades de personal de dicho servicio, ocasionadas por el incesante incremento de la actividad parlamentaria, que viene provocando recurrentes episodios de dificultad a la hora de atender a los cometidos propios de aquel".
Y, en segundo lugar, con esta ampliación del número de oficiales de edición previstos en la relación de puestos de trabajo, se busca "consolidar la posibilidad de hacer una carrera profesional en el Servicio de Publicaciones, de modo que se favorece la estabilización y profesionalización del personal de dicho servicio y se incentiva la incorporación de personal a aquel".
Por otro lado, se prevé la "amortización" del puesto de trabajo denominado 'Asesoría de Innovación y Contenido de Bases de Datos Parlamentarias', de nivel 27, "compensada con la elevación al indicado nivel del preexistente puesto denominado 'Jefatura de la Unidad de Coordinación y Asistencia a Órganos'".
Con ello se consigue, "en conjunto, la supresión de un puesto de libre designación y la corrección de un elemento discordante con la estructuración general de la relación de puestos de trabajo, dado que el indicado puesto de 'Jefatura de la Unidad de Coordinación y Asistencia a Órganos' era el único puesto de jefatura de unidad y libre designación que tenía asignado en aquella un nivel 26", argumenta el acuerdo de la mesa de la Diputación Permanente.
SECRETARIADO DE PRESIDENCIA DE COMISIONES
Por otro lado, el Parlamento ha acordado crear el puesto denominado 'Secretariado de Presidencias de Comisiones' para responder a "una necesidad derivada de la integración de las funcionarias que desempeñan la asistencia a presidentes" de las comisiones "y a los letrados de aquellas en el ámbito de la Secretaría General del Parlamento de Andalucía, que se produjo en la XI legislatura".
De esta manera, el área que habitualmente se denomina 'Presidencia de Comisiones' "ha pasado a quedar encuadrada en la Secretaría General del Parlamento de Andalucía, pero, al mismo tiempo, es cierto también que, tanto por su localización en las dependencias del Parlamento de Andalucía como por la especialización de sus funciones, el personal que la integra desempeña sus funciones con un elevado nivel de autonomía", precisan desde el Parlamento en este acuerdo de modificación de la RPT.
Este factor, "unido a la complejidad y responsabilidad inherentes a las funciones que realizan, hace necesario distinguir a una de las personas que ejercen en el área de Presidencia de Comisiones con un puesto con funciones de Secretariado, que la identifique como aquella encargada de organizar y dirigir los trabajos propios de dicha área, labor que el letrado mayor, por la naturaleza de su perfil institucional, no puede llevar a cabo en el mismo grado y forma que un jefe de servicio", razona el acuerdo de modificación de la relación de puestos de trabajo del Parlamento.
De esta manera, "se homologa materialmente la organización del personal de Presidencia de Comisiones a unidades, también encuadradas en el ámbito de Secretaría General, como la Oficina de Registro o Servicios Jurídicos, que cuentan con un puesto singularizado cuya persona titular asume, entre otras, las funciones de organización y dirección del trabajo que en ellos se realiza".
Por "analogía con los puestos que se acaba de indicar", se prevé la provisión de dicho puesto "mediante el procedimiento de libre designación, en atención a la responsabilidad para el adecuado desarrollo de la actividad parlamentaria de las comisiones y a las singulares dotes de organización y gestión que implica su adecuado ejercicio, así como a las características propias de un puesto cuyas funciones se desarrollan en contacto permanente con los presidentes y presidentas de las comisiones parlamentarias".
Esta circunstancia "requiere habilidades de interlocución y trato personal y conocimiento de la actividad parlamentaria, algo que, unido a la comunicación directa con el letrado mayor que se espera de dicho puesto por su encuadramiento en Secretaría General, justifica su configuración como puesto de confianza", abunda el acuerdo para la modificación de la RPT del Parlamento, que precisa además que el puesto de Secretariado de Presidencia de Comisiones contará con un "complemento específico" de 18.783,48 euros.
Contra este acuerdo, que viene firmado por el letrado mayor del Parlamento, Manuel Carrasco, se puede interponer recurso de reposición ante la Mesa del Parlamento en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o bien un recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación.