18-F.-El CAA desestima la queja del PA sobre "minusvaloración" de su postura en RTVA, pero detecta falta de neutralidad

Actualizado: viernes, 9 febrero 2007 16:34

Estima "transgresión leve de los principios de objetividad" y recomienda a Canal Sur incorporar protocolos para casos como el 18-F

SEVILLA, 9 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Pleno del Consejo Audiovisual ha desestimado la queja presentada por el PA sobre el tratamiento informativo dado por RTVA a sus actividades en relación con el referéndum sobre la reforma del Estatuto del próximo día 18, si bien, sí estimó "parcialmente" algunas de las consideraciones de su queja "relativas a objetividad y veracidad informativas en las emisiones" de las cadenas de radio y televisión del ente público.

El CAA aprobó por mayoría de sus miembros una resolución, a la que tuvo acceso Europa Press, en la que se desestima la queja del PA sobre tratamiento informativo dado por Canal Sur a las actividades públicas desarrolladas por este partido, a su postura frente al Estatuto y, en especial, a la Convención Nacional del 13 de enero de 2007.

Según la institución que preside Manuel Ángel Vázquez Medel, que ha analizado la programación de las cadenas de radio y televisión de RTVA en las fechas mencionadas por el PA en su petición --del 9 al 16 de enero--, "las actividades y posiciones de dicha formación quedan expuestas de forma suficiente, superando incluso los criterios de proporcionalidad según representatividad parlamentaria que, aun no siendo de aplicación para el caso, podrían considerarse de referencia". Por ello, indicó que "carece pues de fundamento la acusación de minusvaloración de la formación, del discurso, las imágenes o los posicionamientos defendidos por el PA".

Igualmente, desestimó "las acusaciones de conculcación del principio de pluralismo político en los medios públicos y de concentración informativa en torno a una postura gubernamental o partidista, tal y como fueron argumentados en dicha queja".

No obstante, el Consejo estimó "parcialmente algunas de las consideraciones de la queja relativas a objetividad y veracidad informativas en las emisiones de RTVA, que deben quedar, no obstante, convenientemente calibradas".

En este sentido, la resolución apunta que "en el estudio realizado en los informativos se han detectado sesgos por parte de la persona que realizó la presentación o locución del mismo, que implican una transgresión ciertamente leve de los principios de exactitud, objetividad y neutralidad, cuyo limitado alcance y excepcionalidad pueden atribuirse más a la falta de celo profesional en la correcta presentación y redacción de las locuciones, que a una actitud tendenciosa de la radio y televisión pública andaluza, que planificadamente incite a la participación y veladamente al apoyo de la propuesta de reforma, como se califica en la queja".

El Consejo hizo además unas recomendaciones a RTVA "a tenor de la confusión que puede generar en la ciudadanía una campaña divulgativa como la emitida por un medio de comunicación público", en referencia a los microespacios informativos radiofónicos de los que se quejaba el PA.

En concreto, aconseja al ente público que "la emisión de microespacios informativos puede ser una fórmula adecuada, siempre que se respeten los principios de neutralidad o imparcialidad, objetividad y veracidad, se prescinda de la opinión y de los juicios de valor, y se emplee un formato que permita la diferencia nítida de otros programas informativos y publicidad y, de este modo, no confunda al espectador o al oyente".

De igual modo, recomienda a RTVA "el desarrollo de protocolos que definan con claridad en su Libro de Estilo los formatos en los que, dentro de la programación, deben emitirse este tipo de acciones".

Finalmente, agrega entre sus recomendaciones que "este cuidado del rigor y la neutralidad informativa en periodos de precampaña electoral no deben suponer, no obstante, menoscabo de la aplicación del criterio profesional en la selección de informaciones, la intervención en los formatos o la redacción de los contenidos de las emisiones".

TRES CONSEJEROS DEL CAA DISCREPAN

Al margen de la anterior resolución, aprobada por mayoría, tres consejeros del Audiovisual emitieron un voto particular, al que tuvo acceso Europa Press, firmado por los miembros de este órganos elegidos por el Parlamento a propuesta del PP y el PA --José María Arenzana, Carmen Elías y Francisco Gutiérrez--.

Los tres consejeros argumentan que "no ha sido posible realizar un análisis del pluralismo político en la programación de las cadenas de RTVA entre el 9 y el 16 de enero del que se concluyan resultados fiables", ya que, "no se ha estudiado el conjunto de la programación informativa emitida por el operados" en el citado periodo. "No se ha contado con ninguna de las informaciones emitidas en Radio Andalucía Información, segunda cadena de radio de RTVA, en la cual han venido emitiéndose una amplia campaña de divulgación que tendría que haber sido objeto de estudio y análisis obligatorio para el Consejo", añade.

En este sentido, consideran que "del estudio de los fragmentos analizados por el Consejo, especialmente de los seis cortes de radio emitidos por RTVA, no pueden extraerse conclusiones, como hace la resolución, sobre el conjunto de los informativos".

Además, los consejeros arguyen que "no corresponde a este órgano evaluar la profesionalidad de los periodistas que han firmado las informaciones, sino que debe dirigirse en todo momento al operador como responsable de lo que se emite y no tratar de eludir las responsabilidades de éste". Asimismo, estiman que "al CAA no le corresponde valorar si el operador carece de una intencionalidad manipuladora".

Finalmente, concluyen que "el operador no ha actuado correctamente cuando no ha diferenciado de manera adecuada información de publicidad en los microespacios divulgativos del proyecto del Estatuto, cuando ha hecho valoraciones positivas de su contenido, cuando ha introducido imágenes y declaraciones de Pedro Pacheco en una información en la que, en cambio, debería haber tenido entrada como fuerza política parlamentaria el PA, o cuando se han emitido informaciones con sesgo partidista como constata la resolución".