Pedrera estrena nuevo PGOU tras "ocho años" de trámites

Una calle de Pedrera
EUROPA PRESS/AYUNTAMIENTO DE PEDRERA
Europa Press Andalucía
Actualizado: martes, 8 septiembre 2015 18:26

PEDRERA (SEVILLA), 8 (EUROPA PRESS)

El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) ha publicado este martes el nuevo Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Pedrera, aprobado definitivamente de manera parcial por la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo el día 9 de febrero de 2015, y una vez acreditada la subsanación de las "deficiencias" detectadas.

"Después de ocho años de trámites administrativos y de subsanar no pocas cuestiones planteadas por la administración, con esta publicación se da un paso firme en la aprobación definitiva del documento que velará por el planeamiento futuro de Pedrera en los próximos años", expone el Ayuntamiento de Pedrera.

Con su publicación en el BOJA, tras ser aprobado de manera parcial por la comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se da vía libre a una serie de normas y ordenanzas que el Ayuntamiento de Pedrera ha debido subsanar tras la aprobación parcial definitiva.

El resto de aspectos definitivos del PGOU se deben aprobar en una comisión provincial prevista para final de mes, según ha confirmado el alcalde de Pedrera, Antonio Nogales. Se trata de uno de los últimos escollos burocráticos para el documento que regulará el crecimiento de Pedrera en los próximos años. Después de ocho años de trámites y gestiones administrativas, Pedrera se convierte en "uno de los pocos ayuntamientos y municipios" de Andalucía que consigue culminar la aprobación definitiva de su PGOU.

El presente plan general tiene por objeto la consecución de las finalidades de la actividad urbanística establecidas en la legislación, configurando el modelo urbano del municipio mediante la definición de la ordenación estructural y pormenorizada prevista en esta legislación. El plan entra en vigor con su publicación en el BOJA, previo depósito del mismo en el Registro de Planeamiento de la consejería competente en materia de urbanismo.

Tendrá una vigencia indefinida, sin perjuicio de sus eventuales innovaciones, en tanto no se proceda a su Revisión conforme a lo previsto en este Plan y en la legislación urbanística. El Ayuntamiento podrá verificar la oportunidad de proceder a la revisión del presente plan a los ocho años de su aprobación; no obstante, ésta se podrá producir en cualquier momento si concurrieran determinadas circunstancias marcadas por la legislación vigente.

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