SEVILLA 24 Ene. (EUROPA PRESS) -
La Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla, adscrita a la Consejería de Fomento, ha suspendido la aprobación definitiva del nuevo Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) promovido por el Ayuntamiento de El Saucejo, gobernado por la socialista María Moreno Navarro; a cuenta de múltiples "deficiencias" que reflejan que el citado instrumento de planeamiento "no se adecua a la normativa sectorial y urbanística de aplicación".
En una resolución emitida el pasado 18 de diciembre y recogida por Europa Press, la citada Comisión Territorial de Ordenación del Territorio aborda el Plan General de Ordenación Urbanística aprobado provisionalmente por segunda vez por el pleno del Ayuntamiento de El Saucejo en noviembre de 2020 y el "anexo de subsanación del informe de vías pecuarias" aprobado en febrero de 2024.
Abordando la tramitación de dicho instrumento de planificación urbana, el mencionado acuerdo de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio señala no pocas incidencias, prestando especial atención a un informe técnico-jurídico del Servicio de Urbanismo de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Sevilla, según el cual "la propuesta de acuerdo relativo al Plan General de Ordenación Urbanística debía ser informado desfavorablemente debido a que no se adecua a la normativa sectorial y urbanística de aplicación".
Y es que dicho informe técnico se pronuncia desfavorablemente respecto al ámbito de suelo urbanizable no sectorizado SUNS-4, pues "algunos de los nuevos crecimientos propuestos en suelo urbanizable no sectorizado (SUNS-4) se localizan y configuran de forma no acorde con el modelo de ciudad abogado por el POTA (Plan de Ordenación Territorial de Andalucía) en su norma 45, dada su desvinculación de los núcleos".
SIN AJUSTARSE A LA LOUA
Además, dicho informe refleja un pronunciamiento contrario a "la exclusión de la clasificación del SGEL-1, por no justificarse su carácter supramunicipal o singular en los términos del artículo 44" de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA); así como contra "la clasificación de los ámbitos SUNC-15 y SUNC-16, por no encontrarse en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 45.1 de la LOUA".
"Por consiguiente, no procede la clasificación de tales terrenos como suelo urbano, sin perjuicio de su adscripción al suelo urbanizable si se considerase necesaria su transformación urbanística", precisa el acuerdo de la Comisión Territorial de Ordenación.
El dictamen técnico también informa desfavorablemente sobre la clasificación del SUNC-12, pues "la mera colindancia con carreteras de circunvalación o con vías de comunicación interurbanas no comportará, por sí misma, su consideración como suelo urbanizado, ni la del viario colindante por el sur y el este con el SUNS-3 (prolongación de la calle Don Daniel Sánchez Ayala), atendiendo a su ubicación y a la naturaleza de los terrenos adyacentes".
"POR ENCIMA DEL MÁXIMO LEGAL"
En materia de vivienda protegida, el mencionado informe avisa de que "en los ámbitos SUNC-5, SUNC-7 y SUNC-12, las causas de exención alegadas no se encuentra entre las previstas en la normativa, por lo que deberá procederse al establecimiento de la reserva prevista en el artículo 10.1.A.b) de la LOUA"; además de que "los ámbitos SUNC-2, SUNC-8 y SUNC-16, aunque presentan densidades de vivienda bajas, estas se encuentran por encima del máximo legal de 15 viviendas por hectárea para proceder a la exención, por lo que deberán ajustarse las densidades asignadas o, en caso contrario, procederse a la reserva legalmente prevista".
Dado el caso, la Comisión Territorial de Ordenación acuerda "suspender la aprobación definitiva del Plan General de Ordenación Urbanística del municipio de El Saucejo (...), debiendo subsanarse las deficiencias" detectadas.