Tribunales.- Mercasevilla acuerda recurrir al TS la sentencia de Sando

Actualizado: sábado, 19 septiembre 2015 16:50

SEVILLA, 19 Sep. (EUROPA PRESS) -

La sociedad mixta Mercasevilla, participada mayoritariamente por el Ayuntamiento hispalense y Mercasa, ha decidido recurrir ante el Tribunal Supremo (TS) la nueva sentencia que le condena a indemnizar con 8,9 millones euros, más los intereses de demora, a la sociedad Sanma Desarrollos Urbanísticos, filial del grupo Sando.

Fuentes municipales han informado a Europa Press que la decisión de recurrir dicha sentencia, de la que da cuenta este sábado el diario 'El Mundo', se aprobó este viernes en la comisión ejecutiva de Mercasevilla.

La concejal delegada de Economía, Comercio y Relaciones Institucionales del Ayuntamiento de Sevilla, Carmen Castreño, ya avanzó esta semana que antes del día 22 de este mes mediaría "una decisión" al respecto del referido fallo.

La sociedad gestora de Mercasevilla, además de los diversos frentes judiciales en los que está inmersa, debía decidir antes de esa fecha si recurre o no ante el Tribunal Supremo (TS) la nueva sentencia derivada del supuesto incumplimiento del contrato por el que los derechos de superficie de diversas parcelas del mercado central fueron otorgados a la filial de Sando Sanma Desarrollos Urbanísticos.

La sentencia inicial del juzgado de Primera Instancia número tres condenaba a Mercasevilla a indemnizar a Sando con 6.695.586 euros, pero señalaba además la obligación de la constructora a la hora de rendir al mercado central los cánones que debería haber abonado entre los meses de mayo de 2011 a marzo de 2014, siendo recurrida ante la Audiencia provincial, que finalmente ha fallado de nuevo en favor de Sando, elevando la indemnización a 8,9 millones la indemnización más los intereses de demora.

Ante este escenario, Carmen Castreño, concejal delegada de Economía, Comercio y Relaciones Institucionales del Ayuntamiento de Sevilla, primera teniente de alcalde y presidenta de Mercasevilla, reconocía abiertamente que la empresa no tiene recursos suficientes para afrontar en solitario y "en su totalidad" el pago de la sentencia.

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