El BOPA publica las excepciones a la normativa de purines

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EUROPA PRESS
Publicado: viernes, 2 febrero 2018 9:59

OVIEDO, 2 Feb. (EUROPA PRESS) -

El BOPA de este 2 de febrero ha publicado la exclusión de la aplicación de la nueva normativa de purines, lo que afecta al 91,31% de la superficie que se declara a la Política Agrícola Común (PAC) --un total de 186.582,84 hectáreas y el 96,14% de las fincas declaradas--. Esta medida permitirá que sigan aplicando este estiércol de la misma forma que hasta ahora.

La publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) de la resolución con la normativa asturiana sobre purines se produce tras la reunión mantenida este miércoles entre el Fondo Español de Garantía Agrícola (FEGA) y técnicos de las diferentes comunidades autónomas,

La resolución tiene por objeto establecer las excepciones a la normativa europea y ministerial sobre la aplicación de purines por parte de los ganaderos y agricultores asturianos que reciben ayudas de la PAC.

La resolución prevé que los ganaderos y agricultores podrán seguir utilizando sistemas de plato, abanico y cañones para aplicar el purín en las superficies agrícolas cuando las fincas cuenten con una pendiente media superior al 10 por ciento. La superficie declarada en el Principado que no cumple esta característica es de 17.776,69 hectáreas, un 8,69 por ciento del total.

Asimismo, también podrán utilizar estos sistemas cuando la finca tenga una superficie inferior a 5.000 metros cuadrados. Los recintos con una superficie superior a 5.000 metros cuadrados son 16.373, cifra que representa el 3,85 por ciento del total.

La tercera excepción que recoge la resolución es que podrán continuar aplicando purines de la misma forma que hasta ahora las parcelas agrícolas de una explotación, descontadas las parcelas incluidas en las dos primeras excepciones, que en conjunto representen una superficie inferior al 50 por ciento de la superficie total neta de la explotación, o menos de dos hectáreas.

También aquellas parcelas que representen una superficie superior total neta, si los purines corresponden a explotaciones de ganado bovino con almacenamiento en fosa estanca y cubierta, y la aplicación se lleva a cabo en días con una temperatura media inferior a 12 grados.

Por último, estarán excluidas de la normativa estatal y europea, las parcelas agrícolas en las que se realice un tratamiento posterior, mediante enterramiento con arado de vertedera o cultivador, dentro de las 24 horas siguientes a su aplicación.

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