Bankia condenada a abonar a dos clientes la diferencia entre lo pagado y lo cobrado por sus acciones

Bankia
JUAN MEDINA / REUTERS
Actualizado: domingo, 24 enero 2016 19:22

OVIEDO, 24 Ene. (EUROPA PRESS) -

Bankia tendrá que restituir a dos clientes asturianos la diferencia entre los 2.538 euros que pagaron por 1.000 acciones que compraron a la entidad financiera en 2012 y los cinco euros por los que las vendieron en 2014, tras su fuerte devaluación. Una sentencia entiende que la compra de los títulos se hizo basándose en información falsa que la firma había ofrecido sobre su verdadera situación financiera (con pérdidas de 2.979 millones de euros).

Así lo falló el juzgado de primera instancia número 7 de Gijón, que este 20 de enero estimó una demanda interpuesta por el procurador Luis Indurain López y la letrada Celia Rimada Álvarez, en representación de los mencionados compradores de acciones.

La sentencia no declara nulo el contrato de compraventa, sino que señala que Bankia incumplió sus deberes precontractuales en la señalada operación. Así, condena a la entidad, en concepto de daños y perjuicios, a abonar a los compradores los 2.533,07 euros (más los intereses legales devengados desde la fecha de adquisición) que restan hasta los 2.538,22 que pagó inicialmente por las acciones, por las que solo obtuvieron 5,15 euros.

El fallo recuerda que Bankia salió a bolsa el 20 de julio de 2011, emitiendo en sus folletos y campañas publicitarias una "imagen de solvencia que no se correspondía con su situación financiera". Los demandantes compraron las acciones el 20 de abril del 2012 y "el 4 de mayo (de ese mismo año) Bankia remitió a la Comisión Nacional del Mercado de Valores unas cuentas anuales de 2011 que presentaban un beneficio de 309 millones de euros", apunta la sentencia.

Prosigue el juez recordando que "el día 7 de mayo de 2012, el entonces presidente de la entidad, el exministro de Economía Rodrigo Rato, presentó su dimisión. Dos días después, el día 9 de mayo, la firma fue intervenida, comenzando un descenso continuado del valor de las acciones, hasta que el día 25 de mayo de 2012 la Comisión Nacional del Mercado de Valores acordó la suspensión de su cotización".

El mismo día 25 de mayo, continúa el fallo, "la entidad Bankia comunicó a la Comisión Nacional del Mercado de Valorese la aprobación de unas nuevas cuentas anuales del ejercicio 2011, esta vez auditadas, en las que se reflejaban pérdidas de 2.979 millones de euros. Ese mismo día la entidad solicitó una inyección de 19.000 millones de euros para la recapitalización".

La sentencia reprocha que Bankia no informara en sus folletos publicitarios de su salida a bolsa de su "desastrosa situación financiera" y que omitiese datos sustanciales sobre "sus beneficios y pérdidas reales". El magistrado considera que Bankia incumplió sus obligaciones precontractuales, causando "perjuicios" a los compradores de las acciones, "por desvalor de los títulos", y se remite a lo establecido en la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.

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