El fiscal pide prisión para dos hombres por un accidente laboral con fallecido en San Cucao en 2007

Europa Press Asturias
Actualizado: lunes, 7 mayo 2012 14:36

OVIEDO 7 May. (EUROPA PRESS) -

La Fiscal Delegada de Siniestralidad Laboral del Principado de Asturias, Esperanza González Avella, solicita la condena de dos acusados, B. A. B. y L. J. P. G., por un accidente laboral ocurrido en San Cucao de Llanera en 2007 en el que falleció un trabajador. La vista oral está señalada para este martes, 8 de mayo de 2012, en el Juzgado de lo Penal número uno de Oviedo a las 09.30 horas.

La Fiscalía pide para el acusado B. A. B. una pena de dos años de prisión y para el acusado L. J. P. G. un total de tres años de prisión y el pago de una multa de 7.200 euros e inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión, oficio o cargo durante dos años.

Además, solicita que indemnicen de forma conjunta y solidaria a los dos trabajadores que resultaron heridos, a uno con 217 euros por las lesiones y al otro con 802 euros por las lesiones y con 18,74 euros por los gastos de farmacia, y que se hagan cargo de los gastos asistenciales que se acrediten.

La Fiscalía sostiene que sobre las seis menos cuarto de la tarde del 29 de junio de 2007, G. B. M., de 47 años, estaba trabajando como auxiliar de laboratorio en una caseta en Agüera, San Cucao de Llanera, cuando fue aplastado por la estructura de la misma, que se derrumbó al caerle encima una cubeta cargada de cal. Ésta se desplomó cuando el camión que la transportaba se disponía a trasvasar parte de la carga que sobraba a otra cuba, volcando el vehículo y la cubeta sobre la caseta donde se encontraba el trabajador, que falleció.

El accidente se produjo cuando el acusado B. A. B., conductor del camión, colocó el vehículo encima de la báscula para proceder a su pesaje. Al comprobar que excedía de cuatro toneladas, levantó el volquete en la misma báscula para pasar las cuatro toneladas a otro vehículo, momento en que se desequilibró la carga, cayendo el camión lateralmente sobre la caseta que estaba situada al lado y en la que se encontraba el trabajador fallecido.

En el camión figuraba la prohibición de levantarlo sobre superficies blandas, irregulares o inestables. Tampoco se podía levantar con trabajadores en las proximidades ni sin colocar los estabilizadores.

LOS ACUSADOS

Los acusados son: B. A. B., conductor del camión que desencadenó el accidente. Tenía experiencia en el desempeño del trabajo y realizó el trasvase levantando el volquete pese a conocer que esta maniobra estaba prohibida realizarla en superficies inestables y móviles, prohibición que figuraba colocada de forma gráfica y visible en el propio camión. Asimismo actuó sin colocar los estabilizadores, como exigía la maniobra, tal y como también venía indicado en la placa del vehículo.

Y L. J. P. G., encargado general de la producción y de la nave de la empresa a la que pertenecía el trabajador fallecido. Tenía formación en materia de prevención de riesgos laborales y era conocedor de que en la báscula no se podía realizar el trasvase del material y de que en la empresa existía un lugar especialmente destinado a ese efecto.

Aún así, dio al acusado B. A. B. la orden de hacerlo, indicando al conductor de otro camión que se colocara en paralelo al vehículo que provocó el accidente, sin supervisar la operación y ausentándose del lugar.

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