Archivo - Juzgados de Oviedo. Audiencia Provincial. - EUROPA PRESS - Archivo
OVIEDO 13 Mar. (EUROPA PRESS) -
Un procesado por abusar sexualmente de una amiga suya, aprovechando que se encontraba en estado de embriaguez y dormida, ha reconcido este miércoles los hechos y ha aceptado una condena de 2 años de prisión y alejamiento durante 7, entre otras penas y medidas. La vista oral estaba señalada en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial, con sede en Oviedo, según ha informado la Fiscalía.
Sobre las 17.00 horas del día 28 de abril de 2020, la mujer nacidad en 1988 se encontraba en su domicilio en Oviedo en compañía del procesado. Durante la tarde consumieron varias cervezas, conversaron y escucharon música. Alrededor de las diez de la noche, la víctima comenzó a encontrarse mal y con mucho sueño, por lo que se fue al dormitorio, despidiéndose del procesado, quien la acompaño a la habitación.
La mujer se tumbó en la cama vestida y se quedó dormida, circunstancia que aprovechó el procesado, que conocía el estado de embriaguez de la chica y que sus facultades volitivas estaban seriamente afectadas por la ingesta de alcohol y por haber fumado marihuana, para abusar sexualmente de ella. La mujer se despertó mientras esto ocurría y echó al procesado de la vivienda.
Al día siguiente, la denunciante mantuvo una conversación por WhatsApp con el procesado y le recriminó lo que había hecho, sin tener desde ese día más contacto con él, a quien bloqueó en redes sociales. La mujer formuló denuncia por estos hechos el 8 de mayo de 2020, tras ser convencida por sus amistades. Acudió ese día al HUCA y la exploración física fue normal.
Antes de la celebración del juicio, el procesado consignó la cantidad de 2.300 euros. Los hechos fueron considerados constitutivos de un delito de abuso sexual con penetración del artículo 181.1. 2 y 4 del Código Penal, en relación con los artículos 57 y 192, en su redacción anterior a la LO 10/22, de 6 de septiembre.
Tras reconocer los hechos, el procesado aceptó 2 años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena; prohibición de aproximarse a menos de 500 metros de la denunciante, lugar de trabajo o cualquier otro en el que se encuentre, así como de comunicarse con ella por cualquier procedimiento verbal, escrito o telemático, en ambos casos durante 7 años; y libertad vigilada. En concepto de responsabilidad civil, el procesado indemnizará a la mujer con 6.000 euros.