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OVIEDO 26 Nov. (EUROPA PRESS) -
El Consejo de la Sindicatura de Cuentas del Principado de Asturias aprobó el informe de fiscalización sobre la contratación del sector público local, ejercicio 2023. En el mismo, la Sindicatura recomienda agrupar en un único contrato aquellos expedientes menores que, aunque independientes entre sí, tienen por objeto una misma prestación.
Según informa el órgano ficalizador, los objetivos fueron verificar el cumplimiento de la obligación legal de remisión de información, comprobar el cumplimiento de la normativa contractual y revisar la ejecución de una muestra de contratos incluidos en el informe del ejercicio 2022.
Las entidades locales tenían de plazo hasta el 29 de febrero de 2024 para remitir las relaciones anuales de contratos a la Sindicatura de Cuentas. Cumplieron 91 de los 132 ayuntamientos, mancomunidades y parroquias rurales.
A 15 de octubre de 2024, el número de entidades locales que remitió la información pasó de 91 a 118.
El volumen de contratación comunicada, a ese 15 de octubre, ascendió a 293.047.117 euros, correspondientes a 36.121 contratos.
La Sindicatura de Cuentas llega a varias conclusiones, expuestas con todo detalle en el informe de fiscalización, sobre contratación no menor y sobre contratación menor. El órgano de control externo, además, realizó un seguimiento de sendos expedientes de los ayuntamientos de Castrillón y Gijón ya analizados en el informe del ejercicio anterior.
Así, tras el análisis la Sindicatura de Cuentas formula dos recomendaciones. La primera que para lograr una tramitación más acorde con los principios que han de regir la contratación pública, sería recomendable agrupar en un único contrato, tramitado conforme al procedimiento legal ordinario, aquellos expedientes de contratación menor que, aunque independientes entre sí, tienen por objeto una misma prestación, pudiendo constituir cada contrato menor un lote dentro del contrato ordinario.
La segunda recomendación va en relación con la revisión del contrato del Ayuntamiento de Castrillón, se señala que, si bien es cierto que la ley no establece un formato definido mediante el que el responsable del contrato deba hacer efectiva su labor, sería recomendable que, para que quede constancia de esta, la persona designada para desempeñar esta tarea recogiese en un libro de órdenes todas aquellas labores de supervisión realizadas y su resultado, dejando constancia de su comunicación al contratista y dando cuenta de todo ello al órgano de contratación.
Al informe provisional presentaron alegaciones los ayuntamientos de Gijón, Llanera, Muros del Nalón, Ribera de Arriba, Salas y Siero.