La Síndica de Barcelona recomienda eliminar la tasa de recogida de residuos para quienes trabajan desde casa

Europa Press Catalunya
Actualizado: jueves, 12 junio 2008 17:15

BARCELONA 12 Jun. (EUROPA PRESS) -

La Síndica de Greuges de Barcelona, Pilar Malla, ha emitido una decisión en la que recomienda al Ayuntamiento que exima de la tasa de la recogida de residuos a los profesionales independientes que trabajan desde casa.

Según informó hoy la Sindicatura en un comunicado, Malla ha estimado parcialmente la queja de algunos profesionales, entre los cuales traductores autónomos, que reclaman una exención de este tributo porque consideran que no generan ningún residuo que lo justifique al realizar su trabajo principalmente a través de medios informáticos y telemáticos.

Los residuos que puede generar su actividad son "los mismos" que los de otros domicilios particulares y "son depositados en los contenedores destinados a la recogida de residuos domésticos y de reciclaje, como papel, cartuchos de impresoras y pilas", explicó.

La ordenanza de precio público de recogida de residuos comerciales e industriales clasifica las actividades y el importe de la tasa en función de la actividad económica, de la superficie destinada a la actividad y de la declaración de residuos efectuada por el titular de la actividad.

A estos profesionales habitualmente se les clasifica, según la Sindicatura, como 'generador mínimo', que corresponde a actividades desarrolladas en despachos o domicilios familiares con un máximo de 30 litros al día de desechos y 30 litros a la semana de papel y cartón generados en un local de menos de 25 metros cuadrados.

La Sindicatura sostuvo que estas cantidades están "muy por encima de los residuos que generan", y recordó que las tecnologías usadas en estas actividades profesionales "ha hecho reducir aún más los residuos que podían generar", una basura "más asimilable a los residuos domésticos que a los comerciales y a otras actividades de servicio público o a los industriales".

En su decisión, la síndica remarca que, según el Consell Tributari de Barcelona, la imposición de un tributo no está vinculada a un tipo de actividad, sino a la prestación de un servicio público que la administración ha de ofrecer obligatoriamente.

También recordó que es el Ayuntamiento quien tiene la potestad de desarrollar la Ley 15/2003 sobre la regulación de residuos, y de establecer los criterios de aplicación, por lo que le recomienda eximir del tributo a los profesionales autónomos.

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