Venturós (CUP) recurre su inhabilitación de seis meses por colgar la 'estelada' en elecciones

La alcaldesa de Berga, Montse Venturós
AJUNTAMENT DE BERGA - Archivo
Publicado: jueves, 26 julio 2018 14:20

   BARCELONA, 26 Jul. (EUROPA PRESS) -

   La alcaldesa de Berga, Montse Venturós (CUP), ha recurrido a la Audiencia de Barcelona la sentencia que la condena a seis meses de inhabilitación para ejercer cualquier cargo público por un delito de desobediencia al mantener la bandera 'estelada' colgada en el consistorio durante las elecciones catalanas y las generales de 2015.

   Según ha explicado a Europa Press el abogado de Venturós, Benet Salellas, sus argumentos se basan en que el artículo 410.2 del Código Penal prevé que no habrá delito de desobediencia cuando la autoridad pública actúe amparado por una norma o resolución de rango superior o que se entienda de aplicación.

    "Siempre hemos dicho que se tenía que obedecer la resolución del pleno adoptada por unanimidad, como espacio legítimo y democrático, y más representativo que una Junta electoral", ha defendido Salellas, que ha opinado que en este caso el derecho penal no debería intervenir, y que solo se trata de un conflicto normativo.

   La sentencia del Juzgado Penal 2 de Manresa (Barcelona) consideró probado que Venturós mantuvo la 'estelada' pese a que la Junta Electoral de Berga le requirió que la retirara con la advertencia de que si no incurriría en delito electoral, y se le condena también a una multa de 540 euros.

   La sentencia, que todavía no es firme a la espera de que se resuelva el recurso, constata que se le condena a la pena mínima de acuerdo con el artículo 410.1 del Código Penal, que considera ajustada y proporcionada a las circunstancias del caso.

   El texto recuerda que Venturós, en su interrogatorio como acusada, no solo se apoyó en la decisión del Pleno municipal de colgar la 'estelada', sino en "la decisión de hacer caso omiso a todo lo que viniese de los tribunales y juzgados".

   También constata que la bandera seguía colgada en periodo electoral en 2015, por lo que "no es posible escudarse en el acuerdo del Pleno de 6-9-2012" aunque la decisión municipal sea anterior a la de la Junta Electoral, porque prevalece la resolución de este órgano ya que una de sus funciones es garantizar la neutralidad cuando hay comicios.

   La Junta Electoral de Zona de Berga requirió al Ayuntamiento retirar la bandera en septiembre de 2015, por las elecciones catalanas, pero no la descolgó, y los Mossos d'Esquadra acabaron retirándola por orden judicial.

   La Junta requirió lo mismo durante las generales de diciembre: el Ayuntamiento tampoco la descolgó, por lo que los Mossos volvieron a quitarla por orden del juez.

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