Bienestar Social convoca las ayudas económicas para mujeres víctimas de violencia de género

Europa Press C. Valenciana
Actualizado: jueves, 29 junio 2006 15:02

VALENCIA 29 Jun. (EUROPA PRESS) -

La conselleria de Bienestar Social publica hoy en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) la convocatoria para las ayudas económicas a favor de las mujeres víctimas de violencia de género en cumplimiento con el artículo 27 de la Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra este tipo de situaciones.

Según informaron fuentes de la Generalitat, esta subvención se destina a aquellas víctimas de malos tratos que se sitúan en un determinado nivel de rentas y que tienen "especiales dificultades" para obtener un empleo, bien por edad, falta de preparación o circunstancias sociales.

Para ser beneficiaria del derecho a esta ayuda económica, la mujer víctima de género deberá ser residente en la Comunitat Valenciana, carecer de rentas que, en cómputo mensual, superen el 75 por ciento del salario mínimo interprofesional y tener especiales dificultades para obtener un empleo. Además, para poder acceder a las ayudas, será necesario presentar una orden de protección a favor de la víctima.

Según la Generalitat, solamente se tendrán en cuenta las rentas o ingresos de que se disponga o pueda disponer la solicitante de la ayuda. En el caso de que la mujer tenga responsabilidades familiares, se entiende que cumple el requisito de carencia de rentas cuando la renta mensual del conjunto de la unidad familiar, dividida por el número de miembros, no supere el 75 por ciento del salario mínimo interprofesional.

Las solicitudes se deben presentar en la Dirección Territorial de la conselleria de Bienestar Social de la provincia de la solicitante antes del 31 de diciembre de este año.

PAGA UNICA

El importe de esta ayuda, que se abonará mediante una paga única, será el equivalente a seis meses de subsidio por desempleo en los casos generales. Cuando la víctima de violencia de género tuviera responsabilidades familiares o a su cargo un familiar o un menor acogido, el importe será equivalente a doce meses de subsidio, mientras que llegará a los dieciocho meses de subsidio cuando la víctima tuviera a su cargo a dos o más familiares o menores acogidos, o un familiar y un menor acogido.

En el caso de que la víctima tuviera una minusvalía igual o superior al 33 por ciento, el importe de la ayuda sería equivalente a 12 meses de subsidio si no tiene responsabilidades familiares; a 18 meses cuando la mujer tuviera a su cargo a un familiar o menor acogido, y a 24 meses cuando la víctima tuviera a cargo dos o más familiares o menores acogidos o un familiar o menor acogido.

Cuando la mujer víctima de malos tratos tuviera a su cargo a un familiar o menor acogido con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento, el importe de la ayuda equivaldría a 18 meses de subsidio por desempleo. Si se tratara de dos o más familiares o un familiar y un menor acogido, la ayuda sería equivalente a 24 meses de subsidio por desempleo.

Si la víctima de violencia de género con responsabilidades familiares tuviera un menor o familiar a su cargo con una minusvalía reconocida igual o superior al 65 por ciento, el importe de la ayuda equivaldría a 24 meses de subsidio por desempleo.

En el caso de que la víctima de violencia de género y el familiar o el menor acogido con quien conviva tuvieran reconocido oficialmente el grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento, el importe de la ayuda será equivalente a 24 meses.

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