El Consorci de Museus asumirá la indemnización por despido improcedente a Pérez Pont si él no recurre

Archivo - El ex director del Centre del Carme Cultura Contemporània de València (CCCC), José Luis Pérez Pont.
Archivo - El ex director del Centre del Carme Cultura Contemporània de València (CCCC), José Luis Pérez Pont. - Rober Solsona - Europa Press - Archivo
Publicado: viernes, 11 abril 2025 11:54

   VALÈNCIA, 11 Abr. (EUROPA PRESS) -

   El Consorci de Museus de la Comunitat Valenciana asumirá la indemnización que una jueza ha establecido al declarar improcedente el despido del ex director gerente del organismo cultural José Luis Pérez Pont si este no recurre el fallo.

   Así se ha decidido en el pleno del Consejo General del consorcio, en su reunión de este viernes, en la que se ha abordado la decisión del Juzgado de lo Social número 2 de València de declarar improcedente el despido del que fuera director gerente del Consorci de Museus de la Comunitat Valenciana y del Centre del Carme, José Luis Pérez Pont, y condena a la administración a pagarle 26.919,45 euros o readmitirlo, previo acuerdo de las partes. En caso de desacuerdo, se optaría por el abono de la indemnización.

   Tras su reunión de hoy, el Consorci de Museus señala que la sentencia "no atiende la totalidad de las peticiones de ambas partes, por lo que hay motivos de recurso para cualquiera de ellas".

    De este modo, apuntan, el órgano ha valorado que "asumirá la sentencia en los términos establecidos en cuanto a la indemnización, si no se produce recurso por la parte contraria, en cuyo caso recurriría la sentencia también".

    A la reunión han asistido representantes de todos los entes consorciados, a excepción de la Diputación de Castellón que ha excusado su asistencia.

   Pérez Pont fue cesado en noviembre de 2023 tras la reunión del Consejo General del Consorci de Museus que había convocado el entonces vicepresidente primero y conseller de Cultura, Vicente Barrera (Vox). Desde la Conselleria de Cultura explicaron entonces que la destitución se llevó a cabo "por irregularidades y mala praxis en su gestión".

   Ahora, en el fallo de la jueza, se aprecia en la carta de despido del exdirector "absoluta imprecisión" en varias cuestiones que se le atribuyen, como los contratos en los que incurrió en irregularidad.

   "No existe incumplimiento contractual por parte del actor que respalde el despido operado por lo que debe declararse improcedente", señala la sentencia, que fija una indemnización de 20 días de salario por año recibido y hasta un máximo de 12 mensualidades.

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