La Generalitat modifica el Consell de Festes Tradicionals para que sea "arbitro" ante denuncias o conflictos

Actualizado: viernes, 18 diciembre 2015 14:36

VALENCIA, 18 Dic. (EUROPA PRESS) -

El pleno Consell ha aprobado la modificación del artículo 7 del Reglamento por el que se regulan las condiciones y tipología de las sedes festeras tradicionales ubicadas en los municipios de la Comunitat Valenciana.

El objetivo principal de la reforma plantea incorporar la competencia del Consell de Festes Tradicionals de la Comunitat Valenciana para ser "árbitro" ante las posibles denuncias, quejas o conflictos derivados de la celebración de festejos tradicionales, así como la de establecer la composición de este Consell de Festes Tradicionals, según ha explicado la vicepresidenta y portavoz del Gobierno autonómica, Mònica Oltra, en la rueda de prensa posterior al pleno.

La modificación que propone esta norma de la redacción originaria del artículo 7 supone una literalidad "más abierta, concreta y expresiva" de la realidad asumida y atribuida al Consell de Festes Tradicionals como órgano encargado, entre otras funciones, del arbitraje en su específico marco de actuación.

Por otro lado, se amplía el contenido del precepto incluyendo una enumeración de las mismas a desarrollar en la orden. En este contexto, se "disipa cualquier género de duda" sobre el marco funcional y objetivo que al Consell de Festes Tradicionals compete "con base en una mayor concreción y seguridad jurídica al efecto".

El Consell de Festes Tradicionals de la Comunitat Valenciana, dependiente de la Dirección General de la Agencia de Seguridad y Respuesta a las Emergencias, es el órgano consultuvo y asesor de la Generalitat en esta materia y es el encargado de ejercer el arbitraje y la mediación ante las posibles denuncias, quejas o conflictos planteados entre personas físicas y jurídicas denunciantes y denunciadas con motivo de la celebración de las fiestas tradicionales.

COMPOSICIÓN

Además, el Consell de Festes Tradicionals de la Comunitat Valenciana estará presidido por el titular de la Dirección General competente en materia de Espectáculos, y la Vicepresidencia recaerá en el subdirector general competente en esta misma materia.

Asimismo, serán vocales una persona representante de la Junta de Festes de Castelló; de la Federación de las Hogueras de San Juan de Alicante; de la Unión Nacional de Entidades Festeras de Moros y Cristianos; de la Asociación de San Jorge de Alcoy (Moros y Cristianos); de la Junta Central Fallera de Valencia y de las Juntas Locales Falleras de Alzira y Torrent.

También serán vocales una persona representante del Patronato del Misteri d'Elx; del Patronat de la Fundació per a la Festa a la Mare de Déu de la Salut i al Crist de l'Agonia d'Algemesí; de la Comisión Organizadora del Carnaval de Vinaròs; de la Junta Mayor de la Semana Santa Marinera de Valencia; de la Junta Mayor de Hermandades y Cofradías de la Semana Santa de Alicante; de la Junta de Hermandades de la Semana Santa de la Archidiócesis o Diócesis ubicadas en territorio de la Comunitat Valenciana.

Del mismo modo, integrarán el Consell de Festes Tradicionals una persona representante de la Hermandad del Santísimo Cristo del Calvario de la Villa de L'Alcora; de las asociaciones de consumidores de mayor implantación en la Comunitat Valenciana; de la Federación Valenciana de Municipios y Provincias; de Cierval; de las asociaciones de vecinos de mayor implantación en la Comunitat Valenciana; de la Conselleria con competencias en Cultura y dos personas representantes del departamento del Consell competente en materia de Espectáculos.