El TSJCV da la razón a Compromís y le da el concejal discutido con el PP en Bonrepós i Mirambell por una papeleta

Publicado: martes, 2 julio 2019 17:38

VALNCIA, 2 Jul. (EUROPA PRESS) -

La sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha dado la razón a Compromís y le ha dado el concejal discutido con el PP en la localidad de Bonrepós i Mirambell (Valencia), a raíz de una papeleta correspondiente a la coalición en una de las mesas, que fue interpretada como nula por presentar unos trazos que se consideraron una alteración voluntaria.

De esta forma, el tribunal, con dos votos particulares, estima el recurso interpuesto por Compromís contra el acuerdo de la Junta Electoral de Zona de Valncia de proclamación de electos del municipio, de fecha 7 de junio, y se declara válida la inicialmente acordada por este órgano, antes de su modificación que la ajustó al acuerdo de la Junta Electoral Central. Contra este sentencia solo cabe recurso de aclaración, sin perjuicio del de amparo ante el Constitucional.

Los hechos se remontan al 6 de junio cuando la Junta Electoral Central estimó el recurso del PP contra el acuerdo de la Junta Electoral de Zona de Valncia, de 31 de mayo de 2019, que resolvió la reclamación contra el escrutinio general tras las municipales. La razón esgrimida por la JEC era que no se trataba, según la LOREG y la Instrucción 1/2012, de una alteración accidental.

Ese acuerdo aceptó el recurso del PP y declaró la nulidad de una papeleta de una de las mesas con el voto a favor de Compromís per Bonrepós e impuso a la Junta de Zona realizar la proclamación de electos conforme a esa modificación, por lo que un día después se proclamó como electo al candidato número 4 del PP, José Laguna Rodrigo.

Compromís pidió en su recurso que se declarara válida la papeleta anulada y que se proclamara la edil número 3 de su lista. Por su parte, el ministerio público se pronunció a favor de estimar el recurso y la declaración de nulidad del acuerdo de proclamación del candidato electo y su sustitución por el correspondiente.

La sala, en primer lugar, rechaza el argumento del PP de inadmisibilidad del recurso, y subraya que no ofrece duda de que se dirige contra la proclamación de electos por la Junta de Zona. Para alcanzar su resolución, y dado que el criterio de la JEC no vincula a los órganos jurisdiccionales, se remite a la Loreg conforme a su interpretación por el Constitucional.

El tribunal, que reconoce que la interpretación "no es sencilla", apunta que no es discutido que el trazo en la papeleta fue voluntario, pero señala que el problema radica en la consecuencia que pueda acarrear. En este sentido, recalca que frente a una interpretación "literalista" de la Loreg asumida por la JEC, proyectando este caso a lo que establece el TC, la papeleta debe considerarse válida y conceder el voto a Compromís.

VOLUNTAD DEL ELECTOR

Al respecto, resalta que no se produce necesariamente la nulidad de los votos emitidos en papeletas en las que se haya efectuado una señal junto al nombre de los candidatos; y considera que en este caso no se planten dudas sobre la voluntad del elector sobre el sentido del voto a favor de la candidatura de Compromís, dado que los trazos realizados, para la sala, "acentúan" o "subrayan" la voluntad del elector a su favor. Así, entienden que los círculos señalando toda la candidatura son "una inequívoca reafirmación del voto, no ya incluyendo un nombre de la lista cerrada sino de toda la candidatura".

Precisamente, la discusión sobre este concejal y el recurso presentado ante el TSJCV por Compromís ha hecho que la constitución de la Diputación de Valencia se retrase, con vistas a, por lo menos, el 20 de julio hasta que se resolviera esta cuestión y quedara a su vez conformado de forma definitiva el consistorio.

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