CCOO muestra su apoyo a los repartidores de Glovo y exige a las plataformas asumir sus responsabilidades

Publicado: lunes, 27 mayo 2019 11:46


Advierte de que persistir en su actitud de no reconocer la laboralidad del colectivo solo traerá "conflictividad y sufrimiento"

MADRID, 27 May. (EUROPA PRESS) -

CCOO ha mostrado "todo su apoyo y solidaridad" con los repartidores de Glovo, tras el fallecimiento este fin de semana en Barcelona de uno de los trabajores, que fue atropellado mientras trabajaba, según ha informado el sindicato en un comunicado.

En concreto, el sindicato ha emplazado a Glovo y al resto de plataformas de 'delivery' a asumir sus responsabilidades como empleadores directos y, por tanto, que las condiciones profesionales como las de la salud estén especialmente protegidas.

CCOO indica que persistir en su actitud de no reconocer la laboralidad del colectivo sólo traerá "conflictividad y, desgraciadamente, como ha sido el caso, sufrimiento" y subraya que mientras "no se abran a regular esta situación solo quedará la actuación de la Inspección de Trabajo, de los Tribunales de Justicia y las movilizaciones de los trabajadores".

De esta forma, el sindicato ha recordado que el pasado 29 de marzo el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicaba la ampliación del Acuerdo Laboral Estatal de Hostelería (ALEH), que contempla la introducción en el ámbito funcional del ALEH de los repartidores de comida a domicilio, "a pie o en cualquier tipo de vehículo que no precise autorización administrativa establecida por la normativa de transporte, como prestación de servicio propio del establecimiento o por encargo de otra empresa, incluidas las plataformas digitales o a través de las mismas".

Tras su publicación en el BOE, CCOO se ha puesto a trabajar para que tanto su categoría profesional, su salario y sus funciones serán reguladas según los convenios sectoriales que les correspondan.

Al formar parte del ámbito del ALEH, la Inspección de Trabajo debe considerar a repartidores como trabajadores por cuenta ajena y no falsos autónomos, y debe tener en cuenta factores de seguridad vial, paralización de actividad por condiciones climatológicas adversas, mantenimiento de vehículos, cascos y que la ropa de trabajo (cazadoras, guantes, pantalones, calzado) sean considerados EPi's, entre otras medidas.

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