Economía/Empresas.- Las empresas del Ibex 35 incluirán el voto electrónico en sus juntas de accionistas de 2006

Actualizado: jueves, 2 marzo 2006 19:02


MADRID, 2 Mar. (EUROPA PRESS) -

Las empresas del Ibex 35 incluirán el voto electrónico en sus juntas de accionistas en el presente ejercicio, después de que cerca del 60% de ellas lo utilizaran en 2005, el año en el que estas reuniones se han celebrado con la Ley de Transparencia y Buen Gobierno en vigor, según Secure Electronic Voting (Scytl).

Un estudio elaborado por esta compañía de investigación y desarrollo de software de seguridad explica que casi todas las compañías que integran el Ibex 35, y multitud de empresas que cotizan en el mercado continuo, ya han modificado sus estatutos para habilitar el voto electrónico en las próximas juntas de accionistas.

Scytl considera que una de las medidas para lograr la transparencia en el gobierno de las sociedades cotizadas es facilitar el voto a través de Internet, que cuenta con ventajas para el accionista, especialmente para el que ostenta una participación minoritaria, ya que evita el desplazamiento a la ciudad en la que se celebra la junta.

La compañía también detecta ventajas para el inversor institucionlal, especialmente el extranjero, y dice que la participación remota facilitará su trabajo si gestiona múltiples fondos de inversión en diferentes países.

Scytl cita a varios organismos nacionales e internacionales que se han pronunciado a favor de que las empresas cotizadas habiliten el voto electrónico, como la Comisión Europea, la OCDE, la Fundación de Estudios Financieros, o la CNMV. Además, numerosos países, entre los que se cuentan Japón, Estados Unidos, Reino Unido, Francia o Alemania, ya cuentan con experiencias en este sentido.

El informe subraya que el factor clave para la consolidación del voto electrónico es la seguridad del sistema, es decir, que permita la integridad de los resultados, la identificación adecuada de los votantes y su privacidad. También destaca la importancia del secreto de los resultados intermedios, (evitando influir en los accionistas que todavía no han votado), la protección contra la coacción y venta de votos masiva, la verificación independiente por parte de los accionistas del resultado y la facilidad para auditar el proceso electoral.