Aprobado el proyecto de decreto que permitirá recuperar las aportaciones a las EPSV a los diez años

Actualizado: martes, 27 octubre 2015 17:38

El Gobierno autonómico pretende fomentar "un sistema vasco de pensiones complementarias"

VITORIA, 27 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Gobierno vasco ha aprobado el proyecto de decreto que desarrollo la Ley de Entidades de Previsión Social Voluntaria (EPSV), que permitirá recuperar las aportaciones realizadas a este tipo de planes de pensiones que tengan una antigüedad superior a diez años.

Este decreto completa el desarrollo reglamentario de una normativa destinada a fomentar "un sistema vasco de pensiones complementarias" a través de las EPSV.

El Gobierno vasco ha destacado el carácter "trascendental" que este sector económico tiene en la economía de Euskadi, tanto por su volumen económico (más de un tercio del Producto Interior Bruto), como porque es "un elemento diferencial de progreso social y de solidaridad que Euskadi ha sabido desarrollar en los últimos 30 años".

El reglamento establece la clasificación de las EPSV en función de la actividad, así como el acceso a la misma, los órganos de gobierno de estas entidades y las modificaciones estructurales a través de procesos de fusión, escisión, disolución y liquidación.

MÁS FLEXIBLE

También detalla las contingencias protegidas y las prestaciones a otorgar por las EPSV, incluyendo una regulación especial para personas con discapacidad, cuya finalidad es regular un régimen específico más flexible que permita una mayor cobertura de estas personas.

Asimismo, se regulan los derechos de los socios y beneficiarios, y se potencia el derecho a elegir estrategias de inversión de ciclo de vida que optimicen el binomio rentabilidad/riesgo.

Adicionalmente, se regula el derecho de información. Para ello, se establecen las especificidades de la información a facilitar a los socios en los distintos momentos. El decreto desarrolla la regulación relativa a la política de buen gobierno para profundizar en la mejora de la gestión, organización y funcionamiento de las EPSV.

Por otra parte, reconoce la facultad de los socios de poder disponer de los derechos correspondientes a las aportaciones realizadas a planes de previsión social de modalidad individual o asociado, que tengan antigüedad superior a diez años.

FICHERO

El proyecto regula el desarrollo relativo a la organización y funcionamiento del Registro de EPSV de Euskadi. Específicamente se regula el Fichero General de Socios, que permitirá conocer a los posibles beneficiarios, la condición o no de socio de una EPSV de una persona fallecida, a fin de que se cobren las posibles prestaciones.

Además, se regula el Consejo Vasco de Previsión Social como órgano colegiado dedicado al análisis y a la promoción, difusión y defensa de la previsión social complementaria.

Con ese fin, se regula su naturaleza, adscripción y sede, estructura y composición. Formarán parte de este consejo la Administración autonómica, las Diputaciones Forales, instituciones representativas de las organizaciones empresariales y sindicales, el sector de previsión social, así como expertos de reconocido prestigio.