El Tribunal Supremo niega a Iberdrola las cautelares al levantamiento de los blindajes

Actualizado: jueves, 21 julio 2011 16:39

MADRID, 21 Jul. (EUROPA PRESS) -

La sala tercera del Tribunal Supremo ha negado a Iberdrola su solicitud de medidas cautelares a la aplicación del artículo 515 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, por el que se levantan los blindajes que limitan los derechos de voto en empresas cotizadas.

El tribunal considera que esta suspensión cautelar de una disposición general solo puede solicitarse en el inicio del proceso o en la demanda, y no en el momento actual, cuando el proceso está a punto de concluir.

La reciente petición de cautelares, solicitada por Iberdrola apenas unos días antes de la entrada en vigor el 1 de julio del levantamiento de las cuatelares, es, a juicio del Supremo "extemporánea".

El tribunal considera además que "no concurren circunstancias nuevas que justifiquen la reiteración de la solicitud de suspensión presentada en el inicio del proceso y que fue denegada mediante auto de enero de 2011". Tampoco aprecia razones de fondo que justifiquen un cambio de criterio.

La nueva norma permite a ACS votar por su participación del 19% en la eléctrica, y no por el porcentaje del 10% al que se limitaban hasta ahora los derechos de voto de los accionistas.

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