Abierto el plazo para solicitar las ayudas a la contratación de conserjes en colegios públicos

Actualizado: jueves, 24 marzo 2011 11:43

MÉRIDA, 24 Mar. (EUROPA PRESS) -

Ayuntamientos y entidades locales menores ya pueden solicitar las ayudas para la contratación de conserjes en colegios públicos de Infantil y Primaria para el curso 2011/12.

La Consejería de Educación ha publicado un decreto publicado en el Diario Oficial de Extremadura (DOE), por el que se establecen las bases reguladoras y se convocan estas ayudas.

Así, los ayuntamientos y entidades locales menores que deseen optar a estas ayudas, a las que la Administración regional destinará una cuantía máxima de 2.114.418,20 euros, tendrán hasta el próximo 16 de abril para presentar su solicitud y la correspondiente documentación.

La cuantía de las ayudas será de 8.634,36 euros por cada conserje contratado, para el curso escolar 2011/2012, con el fin de que ejerza funciones de "mantenimiento, conservación y vigilancia" de los colegios de educación infantil y primaria.

Según establece el decreto, el número de subvenciones concedidas a un ayuntamiento o entidad local no será superior al número de colegios públicos de la localidad y en aquellas poblaciones con uno o más colegios se concederá, como máximo, la financiación para cuatro conserjes, según informa la Junta en nota de prensa.

Podrán optar a un conserje las localidades con uno o dos colegios, pero si los dos colegios existentes en una población suman más de 500 alumnos podrán optar a un conserje más; y a dos conserjes las que cuenten con tres colegios o a tres si los tres centros suman más de 750 alumnos.

Las localidades con cuatro colegios podrán contar con financiación para tres conserjes o cuatro, si los cuatros centros suman más de 1.500 alumnos; mientas que las poblaciones con cinco o más colegios podrán obtener financiación para cuatro conserjes.

Además, las poblaciones que tengan tres o más pedanías podrán obtener subvención para un conserje más, que se añadirá al número que le corresponda por el cómputo del número de colegios que tiene en su núcleo principal.

En cuanto a los criterios de prioridad, destaca que se favorece a las localidades con menos de 40.000 habitantes sobre las que cuentan con 40.000 habitantes o más. En ambos casos serán prioritarios los ayuntamientos o entidades locales menores que cuenten con mayor número de colegios. En localidades con un solo colegio, serán prioritarias aquellas cuyos colegios tengan mayor número de alumnos.