Ausbanc denunciará a las tabaqueras ante la Comisión de la Competencia por omitir información sobre los cigarrillos

Actualizado: lunes, 21 julio 2008 15:48

La asociación señala que esto "evidencia" la existencia de un "pacto" entre las compañías para ocultar elementos "básicos" sobre la calidad del producto

CÁCERES, 21 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios (Ausbanc) presentará una denuncia a las compañías tabaqueras ante la Dirección de Investigación de la Comisión Nacional de la Competencia con el fin de frenar las "prácticas paralelas" del sector tabaquero tanto en España, como fuera del país, que conllevan una falta de información fundamental para los fumadores de cigarrillos.

Así lo anunció hoy el presidente de Ausbanc, Luis Pineda, en rueda de prensa en Cáceres, en la que explicó que las compañías tabaqueras "ocultan" a los consumidores una indicación "básica" en todo producto reglado, como la fecha de recogida de la cosecha del producto con que se elaboran los cigarrillos, lote, fecha de manipulación, de envasado, y sobre todo, la fecha de consumo preferente o de caducidad del producto.

La denuncia se basa en la "existencia de un acuerdo o práctica conscientemente paralela" entre las compañías dedicadas a la actividad de elaboración, envasado y comercialización del tabaco en el ámbito territorial español, consistente en la "total omisión concertada" de información sobre la calidad del producto y de su valor.

Por ello, la asociación denunciará en concreto a las tabaqueras Altadis, Philip Morris Spain, RJ Reynolds Global Products España y British American Tobacco España, "por conductas colusorias", es decir, acuerdos que produzcan o puedan producir el efecto de impedir, restringir, o falsear la competencia, que a su juicio son "contrarias a las leyes de competencia y perjudiciales para los intereses de los consumidores".

Así, en nota de prensa, Ausbanc señaló que "ninguna" compañía emplea esta información como un elemento "básico y esencial" para competir entre sí en calidad. A pesar de compiten en la presentación al público del producto y en la comercialización, "ninguna emplea una información tan valiosa para el consumidor como la referente a la manipulación, envasado, consumo preferente o caducidad del producto, como resulta lógico y exigible en cualquier otro producto de consumo que encontramos en el mercado español".

A su juicio, esta situación representa una "infracción de las disposiciones de la Ley de Defensa de la Competencia" y supone un "grave atentado, real y cierto, contra la libre competencia y la transparencia del mercado, así como un perjuicio hacía los consumidores".

En declaraciones a Europa Press, Pineda señaló que esta demanda tendrá "repercusión mundial inmediata" porque "no es en materia de salud ni en defensa de los consumidores puros sino en defensa de la libre competencia".

AGRICULTORES Y PRODUCTORES

Además, Pineda señaló que esta práctica de las tabaqueras perjudica a los agricultores y productores porque "si no se valora la cosecha ni el lugar de origen" del tabaco "tampoco se aumenta su renta per cápita". "Pese a ser esencial su trabajo, es marginal absolutamente a efectos de información", aseveró.

El comunicado indicó que si las compañías del sector compitiesen en calidad y frescura de sus productos, la producción sería "radicalmente" distinta de la actual, en la que el producto sale al mercado sin que se pueda conocer cuales son los elementos mínimos que tenemos que saber para valorar la calidad del cigarro y su relación con el precio del mismo, aclaró.

Al respecto, la asociación destacó que España es el tercer país cultivador de tabaco de la Unión Europea, con 40.980 toneladas contratadas en la cosecha de 2005, siendo Extremadura la región en la que se concentra el mayor porcentaje de cultivo, con un 85 por ciento de la producción total.

Además, apuntó como sucede con otro tipo de productos cuyo consumo no se considera saludable, como ocurre con el café o el alcohol, "los consumidores de tabaco tienen el derecho a que el producto que compran se encuentre en las mejores condiciones posibles".

Según la asociación, esta situación trae consigo una serie de consecuencias, como el que las compañías han alcanzado este pacto "contrario a la normativa sobre competencia", por el cual "se omite una información que sería esencial tanto para la normal competencia entre empresas como para el consumidor"; y que todo el tabaco que se produce, "siempre acaba siendo vendido al consumidor, con independencia del tiempo que lleve envasado, y aunque su calidad y frescura haya sufrido empeoramientos" con el paso del tiempo.

Además, el consumidor "no tiene la opción de elegir un producto cuyo grado de calidad y frescura pueda ser mayor que el de otro" y "ni una sola compañía de las denunciadas incluye, en cualesquiera de los formatos comercializados, ni una sola de las menciones relativas a la calidad de su producto".

Para Ausbanc, "parece lógico que, al haber pactado omitir toda información sobre fecha de manipulación, envasado y caducidad o fecha de consumo preferente, las empresas tabaqueras proporcionarán a las expendedurías de tabaco y comercios autorizados aquellas partidas de productos que pudieran llevar más tiempo en sus almacenes, a fin de ir sacando a la venta todo el producto". Así, en la práctica el consumidor final se verá obligado a adquirir el producto que más tiempo lleve a la venta, aunque pudiera estar falto de frescura, o su calidad, pudiera no ser la idónea, agregó.

Además, explicó que, como no se conoce cual es la fecha de envasado, manipulación, o consumo preferente "difícilmente podrá un consumidor acudir a reclamar como consecuencia de encontrarse el producto en pésimas condiciones, menoscabando de esta manera, lo que es su legítimo derecho como consumidor".

Ausbanc detalla en su demanda que "existe un pacto en todo el sector para omitir la fecha de elaboración del producto, fecha de envasado del mismo y la fecha de consumo preferente o caducidad de los cigarrillos comercializados, elementos básicos y esenciales que determinan la elección del consumidor entre una marca u otra". De este modo, "las tabaqueras no se ven obligadas a ajustar su producción y oferta a la demanda del mercado ni a la venta de sus productos, ni tienen que mantener sus stocks con unos niveles de calidad determinados", explicó.

SANCIONES SOLICITADAS

La Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios señaló que si la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) estima oportuna la petición de Ausbanc, supondría que las multas podrían alcanzar el 10 por ciento del volumen total de negocios de las empresas denunciadas, tal y como recoge la citada Ley de Defensa de la Competencia.

En el caso de Altadis, la sanción que solicita Ausbanc Consumo asciende a 69.899.000 euros. Para Philip Morris se solicita una multa de 60.903.641 euros, dado su volumen de negocio. Por lo que se refiere a RJ Reynolds Global Products no se especifica la cantidad a la que debería ascender la sanción, puesto que sus datos económicos no están disponibles en el Registro Mercantil, por lo que la asociación se remite al volumen total de negocios de la empresa durante el pasado año. Por último, para British American Tobacco se solicita una multa de 11.688.000 euros.

Calculando que el volumen de negocio de RJ Reynolds podría ser similar al de British American Tobacco, "podríamos estar ante una sanción de unos 150 millones de euros", indicó Ausbanc.

Ausbanc aclaró que la denuncia "no se centra en si las tabacaleras deben o no incluir fecha de caducidad o consumo preferente de su producto, aunque a la luz de la legalidad vigente la asociación estima que sí deberían", sino "en el perjuicio que este pacto o práctica consciente común causa a la libre competencia, a los productores y a los consumidores de tabaco; y por tanto en la violación de las leyes de Competencia y de Defensa de los Consumidores".