MÉRIDA, 7 Jul. (EUROPA PRESS) -
El Diario Oficial de Extremadura (DOE) publica este martes, día 7, un decreto del presidente de la Junta, Guillermo Fernández Vara, por el que se modifican la denominación, el número y las competencias de las consejerías que conforman la Administración de la comunidad autónoma.
En el decreto, firmado este pasado lunes, día 6, y que entra en vigor este mismo martes, Fernández Vara establece en cinco el número de consejerías con el que contará en su ejecutivo en Extremadura, y que serán en concreto las relativas a Hacienda y Administración Pública; a Economía e Infraestructuras; a Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio; a Educación y Empleo; y a Sanidad y Políticas Sociales.
De este modo, según el decreto, que recoge Europa Press, la Consejería de Hacienda y Administración Pública ejercerá las mismas competencias que venía desarrollando en materia de hacienda, ingresos públicos, Intervención General, presupuestos y tesorería, patrimonio, auditoría, financiación autonómica y fondos europeos; así como las competencias en materia de política financiera, sin perjuicio de que por Consejo de Gobierno se pueda atribuir el conocimiento de asuntos concretos en esta materia a otras consejerías.
También asumirá dicho departamento la función de Secretaría del Consejo de Gobierno y el ejercicio de las competencias en materia de servicios jurídicos; así como las competencias de las de función pública y recursos humanos; inspección de servicios, evaluación y calidad de la Administración. Además, incluirá la política tecnológica de carácter corporativo y administración electrónica, y las competencias en materia de radiodifusión y televisión.
ECONOMÍA E INFRAESTRUCTURAS
Por su parte, la Consejería de Economía e Infraestructuras ejercerá las competencias que se encontraban asignadas a la anterior Consejería de Economía, Competitividad e Innovación en materia de planificación y coordinación económica y estadística, comercio e inversiones y la política empresarial, promoción de la empresa y apoyo al emprendedor, modernización e innovación tecnológica, sociedad de información, investigación y telecomunicaciones, y sociedades cooperativas y sociedades laborales.
También ejercerá las competencias que tenía atribuidas en materia
de infraestructuras hidráulicas y turismo la anterior Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Turismo. Asimismo, se le asignan todas las competencias en materia de industria y energía atribuidas anteriormente a las Consejerías de Economía, Competitividad
e Innovación y de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, que son las de promoción industrial, generación de energía y distribución de energía, y las de ordenación industrial y minas.
EDUCACIÓN Y EMPLEO
A su vez, la Consejería de Educación y Empleo ejercerá las competencias que tenía asignadas la anterior Consejería de Educación y Cultura en materia de política educativa y formación, y educación
universitaria; las que se encontraban atribuidas a la anterior Consejería de Empleo, Mujer y Políticas Sociales en materia de trabajo y políticas de empleo; y las competencias en materia de deportes anteriormente ejercidas por la Presidencia de la Junta de Extremadura.
Mientras, la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales ejercerá las competencias que en materia de sanidad, dependencia y consumo tenía atribuidas la anterior Consejería de Salud y Política Sociosanitaria;
las competencias en materia de infancia y familia, servicios sociales y prestaciones sociales que tenía atribuidas la anterior Consejería de Empleo, Mujer y Políticas Sociales; y las competencias en materia de vivienda que tenía atribuidas la anterior Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Turismo.
PRESIDENCIA
Por su parte, la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio ejercerá las competencias atribuidas a la anterior Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía en materia de agricultura y ganadería, desarrollo rural y medio ambiente, y las competencias en materia de Administración Local e interior asignadas a la anterior Consejería de Hacienda y Administración Pública, y las de ordenación del territorio, urbanismo y transporte asignadas a la anterior Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Turismo.
A su vez, la Presidencia de la Junta de Extremadura ejercerá las mismas competencias que hasta ahora tenía atribuidas en materia de relaciones con la Asamblea de Extremadura, acción exterior,
juventud y política de comunicación y relaciones informativas. Asimismo, se le asignan las de patrimonio y promoción cultural que se encontraban atribuidas a la anterior Consejería de Educación y Cultura; las de migraciones, emigración y retorno así como las competencias que
en materia de mujer y de cooperación internacional al desarrollo tenía atribuidas la anterior Consejería de Empleo, Mujer y Políticas Sociales.