Consello.-Los altos cargos no podrán ir a empresas privadas vinculadas con sus poderes hasta pasados dos años de su cese

Actualizado: jueves, 4 septiembre 2008 17:54

SANTIAGO DE COMPOSTELA, 4 Sep. (EUROPA PRESS) -

Las personas que desempeñen un alto cargo en la Xunta no podrán realizar actividades privadas que estén relacionadas con los expedientes sobre los cuales dictasen resoluciones hasta que no hayan transcurrido dos años desde su cese y tampoco podrán firmar contratos de asistencia técnica, de servicios o similares con administraciones públicas en ese mismo plazo.

Así lo estipula el decreto aprobado hoy por el Consello de la Xunta para regular los registros de actividades, que tendrá carácter público, y de bienes patrimoniales, que será reservado al acceso de los ciudadanos.

Ambos registros, que suponen actualizar la ley de incompatibilidades de los miembros de la Xunta de 1996 y desarrolla la normativa de transparencia promovida por el bipartito en 2006, serán gestionados por la Oficina de Incompatibilidades y Buenas Prácticas, que se creará próximamente.

El decreto obliga a que los altos cargos presenten ante esta oficina, en un plazo de tres meses desde su toma de posesión y desde su cese, sus declaraciones de actividades y de bienes patrimoniales, así como cualquier modificación en sus circunstancias.

Así, cuando un miembro de la Xunta cese en su cargo, también deberá dirigir a este registro una comunicación en la que conste la actividad, bien pública o privada, que va a desarrollar y que especifique si va a ser por cuenta propia o ajena.

DECLARACIÓN

En virtud de este decreto, los miembros del Gobierno autonómico, los secretarios y directores xerais, los delegados y representantes en entes con personalidad jurídica pública, los responsables de organismos autónomos, el personal eventual con tareas de confianza o asesoramiento, los representantes en empresas en las que la Xunta tenga más del 50% del capital y en general, los trabajadores cuyo nombramiento sea aprobado por Consello deberán suscribir una declaración en la que conste que no incurren en ninguna incompatibilidad.

El registro de actividades en el que los altos cargos harán constar cualquier operación, negocio, empresa o sociedad pública o privada que les proporcione ingresos económicos o en los cuales tengan participaciones o intereses se hará público en el Diario Oficial de Galicia y a través de Internet.

Por contra, el registro de bienes patrimoniales, que recogerá los bienes, derechos y obligaciones patrimoniales de las que sean titulares altos cargos, los valores o activos financieros negociables o sus participaciones en sociedades, así como las últimas declaraciones tributarias del IRPF y del impuesto sobre el patrimonio, tendrá un carácter reservado. De esta forma, sólo podrán acceder a sus datos el Parlamento, los órganos judiciales, el Ministerio Fiscal y el Valedor o el Defensor del Pueblo.