Archivo - Maqueta del Recinto Ferial de Palma. - AYUNTAMIENTO DE PALMA - Archivo
PALMA, 27 Mar. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales ha desestimado el recurso especial interpuesto por uno de los finalistas del concurso de anteproyectos arquitectónicos para el Recinto Ferial de Palma, avalando así la decisión del jurado.
El pasado 12 de noviembre la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Palma adjudicó los tres premios --la propuesta ganadora y dos finalistas-- del concurso de ideas para el Recinto Ferial tras el proceso de valoración realizado por el jurado designado.
Posteriormente, el 4 de diciembre, el primer finalista interpuso recurso solicitando la nulidad de dicha adjudicación al considerar que la propuesta ganadora incumplía ciertos requisitos establecidos en las bases.
El tribunal, según ha informado Cort en un comunicado, ha concluido que no concurren los motivos alegados para anular el procedimiento y ha descartado la existencia de incumplimientos de las bases y cualquier tipo de arbitrariedad o error en la actuación del jurado.
En líneas generales, ha subrayado que el procedimiento analizado corresponde a un concurso de anteproyectos y, en este sentido, ha entendido que no puede exigirse en esta fase el mismo grado de detalle que en un proyecto de ejecución.
Asimismo, ha indicado que algunas de las cuestiones planteadas en el recurso responden a interpretaciones no recogidas expresamente en las bases.
El tribunal también ha recordado que la valoración de las propuestas corresponde a un órgano técnico especializado como es el jurado, cuya actuación está amparada por el principio de discrecionalidad técnica, por lo que solo puede revisarse en casos excepcionales de arbitrariedad, discriminación o error material, circunstancias que no se han apreciado en este caso.
Por todo ello ha acordado desestimar el recurso interpuesto y levantar la suspensión del procedimiento de contratación. Esta resolución es definitiva en vía administrativa, si bien cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) en el plazo de dos meses.