MADRID, 28 Abr. (EUROPA PRESS) -
El Consejo de Ministros tiene previsto aprobar hoy el Estatuto del Cooperante, cuya principal novedad es el establecimiento de un seguro médico colectivo del que podrán disfrutar los alrededor de 1.400 cooperantes españoles que trabajan en el exterior, muchos de ellos en situaciones de riesgo, y que será gestionado por el Estado a través de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI).
La Ley de Cooperación Internacional al Desarrollo, aprobada en julio de 1998 bajo el primer Gobierno del Partido Popular, estableció en su articulado la obligación de aprobar un Estatuto, en el que debían contemplarse una serie de aspectos esenciales de la labor de los cooperantes con unos derechos y obligaciones, así como un régimen de incompatibilidades, formación, homologación de los servicios que prestan y modalidades de previsión social.
Este seguro médico que ahora se aprueba estará sufragado en su mayor parte por la AECI y el resto lo asumirán las organizaciones no gubernamentales (ONG) que incluyan a sus cooperantes en esta iniciativa. Fuentes del Ministerio de Asuntos Exteriores indicaron a Europa Press que aún no se ha cuantificado el coste de este seguro médico y que dependerá del número de adhesiones por parte de las ONG.
Los cooperantes cotizan a la Seguridad Social española pero en la mayoría de los países donde trabajan no hay un sistema público sanitario de garantía, ni convenio con la Administración española que les beneficie, lo que conlleva que cada cooperante y su organización tengan que contratar seguros privados, en su mayoría caros y de bajo nivel.
De esta manera, el Estado asume a partir de ahora su parte de corresponsabilidad hacia los cooperantes, uno de los compromisos que anunció la secretaria de Estado de Cooperación Internacional, Leire Pajín, al asumir su cargo hace dos años.
El Estatuto también toma medidas para fomentar la incorporación al mercado de trabajo a su regreso a España, facilitando su acceso a programas de reorientación laboral. En este sentido, se reconocerá a partir de ahora que el tiempo de trabajo como cooperante pueda ser computado como mérito a valorar en los concursos de acceso al empleo en el sector público.
En tercer lugar, introduce la obligatoriedad de suscribir un 'acuerdo complementario de destino', instrumento jurídico y documental dirigido a proporcionar una mayor seguridad jurídica al cooperante, al recoger sus derechos que serán de obligado cumplimiento para la entidad que lo contrate.
Entre los derechos que se reconocen en este Estatuto del Cooperante destacan el de recibir no sólo formación adecuada, sino además información sobre aspectos determinantes de su trabajo y del lugar de destino, así como una compensación para afrontar los gastos específicos de traslado al extranjero y una retribución complementaria que operará como un 'salario digno' que garantice unas condiciones de vida lo más adecuadas posible en el país de destino.
En cuanto a las obligaciones, se impone a todos los cooperantes el deber formal de inscribirse en el Consulado español que geográficamente le corresponda. Finalmente, se abordan otros aspectos de la relación de servicios de los cooperantes como son los relativos a situaciones de excedencia, incompatibilidades, validación del trabajo realizado o vinculación al régimen de indemnizaciones para los participantes en operaciones internacionales de paz y seguridad.
Una vez aprobado el Real Decreto por el Consejo de Ministros, el nuevo Estatuto entrará en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) sin que se requiera una tramitación parlamentaria.
"DEUDA LEGAL Y MORAL"
La Coordinadora de ONG para el Desarrollo de España (CONGDE), entidad que representa a 400 organizaciones de desarrollo y acción humanitaria, aprovechó la víspera de esta aprobación en el Consejo de Ministros para subrayar que tras el tiempo transcurrido, "la necesidad de disponer de un buen marco jurídico que regulara el trabajo de los cooperantes no sólo era una deuda legal, sino también una deuda moral", en opinión de su portavoz, Félix Fuentenebro.
En su opinión, este Estatuto del Cooperante que ve la luz supone un "gran avance" en el reconocimiento de las especificidades propias de los cooperantes fomentando medidas "que permiten un marco de estabilidad, seguridad, no discriminación y garantías en la protección social, laboral y fiscal, así como favorecer la incorporación de profesionales a la cooperación internacional".
CONGDE recordó que los cooperantes desarrollan una labor profesional que se despliega en entornos con fuertes privaciones y en lugares de notable dureza con deficientes condiciones sanitarias, enfermedades endémicas, conflictos bélicos abiertos o de "baja intensidad", que pueden suponer situaciones "de riesgo para su salud y, en no pocas ocasiones, para su integridad física".
Esta situación de "vulnerabilidad" no sólo se manifiesta durante la permanencia en el terreno de destino, sino también en el momento del retorno a España, añadió esta coordinadora. "Al finalizar las misiones, han de reinsertarse a la sociedad y al mercado laboral. Ello conlleva una serie de dificultades provocadas por el cambio de hábitos y costumbres y, en especial, por la sensación de desarraigo con la que se encuentran a la vuelta, así como los efectos que en su vida profesional y familiar provoca el alejamiento de su entorno durante largos periodos de tiempo", concluyó.