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LAS PALMAS DE GRAN CANARIA 20 Oct. (EUROPA PRESS) -
El Colectivo de Aspirantes Afectados por la oposición al Cuerpo General de la Policía Canaria (CGPC), convocada por Resolución del 9 de noviembre de 2023, ha presentado un escrito formal ante la Consejería canaria de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, y ante la Dirección General de Estudios, Formación e Investigación en Seguridad Pública, solicitando la nulidad del proceso selectivo por estar "viciado".
Los aspirantes piden en el escrito la "nulidad de todo" el proceso selectivo y la repetición de las pruebas ante un nuevo tribunal "imparcial", ya que aseguran que el proceso "está viciado de nulidad" desde su origen.
En este sentido, según informan en nota de prensa, esta petición se realiza por la "vulneración flagrante" del deber de abstención por parte del presidente del tribunal, así como por un "cúmulo de graves irregularidades" procedimentales que han vulnerado el anonimato y la cadena de custodia de los exámenes.
Señalan que el presidente del tribunal "incumplió el deber de abstención". En concreto, apuntan a que la "denuncia principal se centra en el presidente del Tribunal Calificador, Ángel Nichel Acosta Hernández".
Al respecto, indican que las propias bases de la convocatoria (Resol. 9-nov-2023, Anexo I, Base 5.4) "prohíben taxativamente ser miembro del tribunal a quien haya realizado tareas de preparación de aspirantes" en los cinco años anteriores a la convocatoria. En este marco, el colectivo de afectados asegura "tener constancia fehaciente" de que Acosta Hernández "ha estado vinculado a una academia (directamente o a través de su cónyuge) dedicada a la preparación de opositores".
Subrayan que "preparaba y daba clases personalmente en dicha academia" y como prueba "irrefutable" indican que "editó y publicó con su nombre y apellidos un temario de preparación específico para el CGPC en el año 2020, plenamente dentro del periodo de cinco años prohibido por las bases".
Por ello, inciden en que la ley "se ha vulnerado desde el nombramiento", ya que la persona que "debe garantizar la imparcialidad es la misma que ha estado preparando aspirantes".
Por otro lado, se refieren al "caos procedimental" motivado por la "falta de motivación a la ruptura del anonimato". Añaden que a la presunta "falta de imparcialidad" del presidente "se suma una serie de graves deficiencias" que demuestran una "falta total de rigor y garantías" en el proceso, entre las que citó la desestimación genérica de impugnaciones.
En concreto, afirman que el tribunal desestimó alegaciones jurídicas "sólidas contra casi" una quincena de preguntas del examen tipo test mediante un escrito genérico, "sin motivación específica para cada caso". A lo que suman la "inconsistencia de fechas", ya que en la resolución oficial de notas (firmada el 28 de agosto) el tribunal afirma haber "notificado" el rechazo de dichas alegaciones los días 26 y 27 de agosto.
Sin embargo, el documento de respuesta a esas alegaciones "no se firmó hasta el 28 de agosto, haciendo materialmente imposible" la notificación en las fechas indicadas.
Finalmente se refieren a códigos de examen "duplicados". Exponen que en las notas del supuesto práctico "han aparecido códigos de aspirante idénticos que figuran en aulas diferentes y con notas totalmente distintas". A modo de ejemplo indican que el Código 5333 "aparece en el Aula 1 (4,250) y en el Aula 4 (1,300)".
Asimismo se detectaron códigos modificados manualmente con sufijos (ej. 5224-1, 5252-2), "una práctica no regulada que rompe el anonimato". Además los aspirantes han criticado que en el acto público de apertura de sobres (13 de octubre de 2025) se constató la "posible desaparición de exámenes y la existencia de códigos coincidentes , rompiendo la trazabilidad y la correspondencia" entre el examen y el opositor.
Por todo ello, los afectados han solicitado formalmente a la consejería que "declare la nulidad de pleno derecho de todas" las actuaciones del tribunal, ordene la "retroacción de todo" el proceso al momento inicial y nombre un nuevo Tribunal Calificador "imparcial que repita las pruebas con las debidas garantías de legalidad, transparencia e imparcialidad" que este proceso exige.