Ashotel celebra que el Parlamento rechace la propuesta que perseguía residencializar las zonas turísticas en Canarias

Archivo - El presidente de Ashotel, Jorge Marichal
Archivo - El presidente de Ashotel, Jorge Marichal - ASHOTEL - Archivo
Europa Press Islas Canarias
Publicado: jueves, 15 octubre 2026 17:10

SANTA CRUZ DE TENERIFE 15 Oct. (EUROPA PRESS) -

La Asociación Hotelera y Extrahotelera de Tenerife, La Palma, La Gomera y El Hierro, Ashotel, ha considerado este jueves "una buena noticia" que la Proposición de Ley (PPL) del grupo parlamentario socialista, debatida ayer en el Parlamento de Canarias y cuyo objetivo era residencializar las zonas turísticas de Canarias, haya decaído finalmente por falta de apoyo mayoritario.

En una nota, Ashotel ha expresado su "preocupación" por la situación de las familias que residen en complejos situados en suelo turístico, por lo que ha reconocido que "es necesario" darles una respuesta. Sin embargo, matizan, esa respuesta no puede consistir en una norma que, con apenas dos artículos y una disposición transitoria, "altere los pilares del modelo turístico canario" y que "genere incertidumbres para propietarios, explotadores, trabajadores y municipios".

"Nadie discute que hay familias que necesitan una solución, y Ashotel quiere formar parte de ella, pero que exija saber cuántas viviendas y personas están afectadas, desde cuándo y en qué complejos", ha comentado el presidente de Ashotel, Jorge Marichal, quien ha añadido que "esa solución también debe respetar la seguridad jurídica de todos los propietarios, no solo de unos, y no desmontar por la puerta de atrás un modelo que ha dado a Canarias un turismo de calidad y miles de empleos".

ARGUMENTOS EN CONTRA

Según recaba la patronal, el artículo primero de la debatida PPL daba nueva redacción a la disposición transitoria séptima de la Ley 2/2013. Con ella, todos los usos residenciales "ya existentes" en parcelas calificadas de uso turístico o mixto de las zonas turísticas se considerarían compatibles y quedarían en situación legal de consolidación.

Sin embargo, argumentan desde Ashotel, el texto no fija fecha de corte ni exige acreditar la residencia, así como tampoco prevé un censo previo de las viviendas afectadas ni condiciona esa legalización al planeamiento municipal. A su juicio, en la práctica, cualquier ocupación residencial existente en el momento de entrar en vigor la ley quedaría consolidada, generando un "efecto llamada".

Asimismo, prosiguen desde la patronal, la exposición de motivos describiría el principio de unidad de explotación como una "inagotable fuente de conflictos" y presentaría la atomización de la propiedad como el "principal activo" de los complejos extrahoteleros. Ashotel discreparía de ese diagnóstico, ya que la unidad de explotación garantiza estándares homogéneos de calidad, la responsabilidad única frente al cliente y la protección del consumidor.

También, recuerdan, se trataría de la base de la contratación con turoperadores y de la conectividad aérea de la que dependen miles de empleos. "Mezclar sin orden la residencia y la explotación turística en un mismo complejo perjudica al residente y al visitante", ha añadido Marichal.

"IMPRUDENCIA" NORMATIVA

Según exponen, la propia proposición reconocería, además, que el Tribunal Supremo tiene pendiente un pronunciamiento de unificación de doctrina sobre esta cuestión. A su juicio, legislar en sentido contrario antes de conocer ese criterio es una "imprudencia normativa".

También, agregan, la exposición de motivos anunciaría medidas que después no aparecerían en el articulado, como un título habilitante suscrito por todos los propietarios o la recuperación de la "modalidad de conjunto". Las nuevas definiciones de "establecimiento turístico de alojamiento" y "unidad alojativa" se incorporarían a la ley de uso turístico de viviendas, que no es su sede natural.

Por su parte, puntualizan desde la patronal, la disposición derogatoria suprimiría en bloque el Decreto ley 2/2025, de 17 de marzo, convalidado por el Parlamento en abril de 2025, y no explicaría qué régimen sustituirá al procedimiento ordenado de cambio de uso a residencial que esa norma estableció. Además, pretendería derogar la disposición transitoria sexta de la Ley 6/2025, que ya fue suprimida por la Ley 7/2026, de 31 de julio, en vigor desde el 15 de agosto.

Según expone Ashotel, la disposición transitoria única también impediría abrir nuevos expedientes y obligaría a archivar los que estén en tramitación. También obligaría a la Administración a "reconocer las pretensiones" de los sancionados en los procesos judiciales en curso y extingue la obligación de pagar sanciones firmes que aún no se hayan abonado.

En ese sentido, la patronal puntualiza que el deber de atenerse al uso turístico sigue vigente, por lo que no se trata de aplicar con carácter retroactivo una norma sancionadora más favorable, sino de una amnistía que, añaden, supondría un agravio para quienes respetaron la ley o pagaron sus sanciones e introduce nuevas incertidumbres en los procedimientos judiciales abiertos.

FALTA DE RESPUESTA

La patronal hotelera ha señalado que la citada PPL se justifica en la emergencia habitacional que se padece, pero no añade "una sola vivienda" al parque residencial, sino que se limita a dar cobertura legal a ocupaciones ya existentes. "Las soluciones pasan por cambios de uso ordenados de los complejos obsoletos, referidos a parcelas completas y decididos por los ayuntamientos a través de su planeamiento; también requieren más vivienda protegida, no la residencialización indiscriminada del suelo turístico", ha explicado Jorge Marichal.

Ante esta circunstancia, Ashotel ha reiterado su disposición a colaborar con todas las administraciones y fuerzas políticas para alcanzar una solución consensuada, rigurosa y duradera.

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