Publicado: jueves, 30 junio 2022 19:05

No incluye el 1 de enero, Año Nuevo, al ser en domingo

SANTA CRUZ DE TENERIFE, 30 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Gobierno de Canarias ha aprobado el proyecto de decreto para determinar el calendario de fiestas laborales de la comunidad autónoma en 2023, dentro del límite anual de 14 jornadas, y abrir el plazo con el fin de establecer los festivos locales.

En concreto, el expediente considera como días inhábiles a efectos laborales, de carácter retribuido y no recuperable, todos los domingos del año y las jornadas festivas del 6 de enero por la Epifanía del Señor; 6 de abril, Jueves Santo; 7 de abril, Viernes Santo; 1 de mayo, Fiesta del Trabajo; 30 de mayo, Día de Canarias; 15 de agosto, Asunción de la Virgen; 12 de octubre, Fiesta Nacional de España; 1 de noviembre, Todos los Santos; 6 de diciembre, Día de la Constitución Española; 8 de diciembre, Inmaculada Concepción; y 25 de diciembre, Natividad del Señor.

De igual modo, fija las fiestas laborales por islas: 2 de febrero, festividad de la Virgen de la Candelaria, en Tenerife; 5 de agosto, Nuestra Señora de Las Nieves, en La Palma; 8 de septiembre, Nuestra Señora del Pino, en Gran Canaria; 15 de septiembre, Nuestra Señora de Los Volcanes, en Lanzarote y La Graciosa, además de Nuestra Señora de la Peña, en Fuerteventura; 25 de septiembre, Nuestra Señora de los Reyes, en El Hierro; y 9 de octubre, Nuestra Señora de Guadalupe, en La Gomera.

El decreto autonómico con el calendario de fiestas laborales para 2023 no incluye el 1 de enero, Año Nuevo, al coincidir la jornada con un domingo.

Por último, el texto concede a los ayuntamientos canarios un mes de plazo, a partir de la publicación del decreto en el Boletín Oficial de Canarias (BOC), para formular a la Dirección General de Trabajo sus propuestas plenarias, con el objetivo de fijar hasta dos días también inhábiles, retribuidos y recuperables, con carácter de fiestas locales que por tradición correspondan a cada municipio.