LAS PALMAS DE GRAN CANARIA 19 Feb. (EUROPA PRESS) -
El Partido Socialista Canario (PSC-PSOE) ha mostrado su satisfacción por la sentencia del Tribunal Supremo (TS) sobre Educación para la Ciudadanía donde se estableció que la asignatura está ajustada a derecho y que en ésta no cabe la objeción de conciencia, según puso hoy de manifiesto el secretario regional de Educación y Diputado en el Parlamento del Canarias socialista, Juan Rodríguez-Drincourt, durante una rueda de prensa.
"Sentimos una gran satisfacción porque está en línea con lo que veníamos sosteniendo en el Parlamento de Canarias. Entiendo que es una sentencia que va a marcar una línea fuerte y está muy bien construida. Nos parece que resolverá dos grandes cuestiones, por un lado, el asunto de que si está ajustada a derecho y, por otro, la posibilidad de la objeción de conciencia", explicó.
El secretario de Educación declaró que la ciudadanía de la islas debe saber que la asignatura está ajustada a derecho, "algo que el PSOE ha venido diciendo desde hace mucho tiempo". Así, vio la necesidad de buscar ámbitos en la educación que limiten la situación de los casos de xenofobia, nacionalismo agresivo, intolerancia o exclusión social.
En este sentido, comentó que la vía para aquellos que opinaban que Educación para la Ciudadanía no era constitucional no era la objeción de conciencia, sino llevar a cabo algún recurso para la invalidez de la misma. Por otra parte, Drincourt expuso que la asignatura enlaza con los principios que animan todo el texto constitucional, el pluralismo político, la necesidad de articular vías para la convivencia y la paz social.
Para el PSC-PSOE, la sentencia del TS reafirma argumentos que la formación ha apoyado sobre el "importantísimo" papel del Estado en materia de Educación. "Hay una obligación de intervención del Estado en materia de educación que, siendo verdad que los padres tienen derecho a elegir libremente la educación religiosa y moral de los hijos pero, ese precepto tiene que estar confrontado y limitado por la Ley".
OBJECIÓN DE CONCIENCIA
Sobre la objeción de conciencia, manifestó que el artículo 30.2 de la Constitución establece la posibilidad de llevar a cabo esta objeción en algunos ámbitos. "La cuestión final es saber si cabe una objeción de conciencia de carácter general", añadió.
Opinó que hay que recalcar que la sentencia del TS afirmó que no se excluye que puede haber alguna objeción de manera excepcional. "No cabe que la objeción de conciencia para Educación para la Ciudadanía pueda sostenerse, y no cabe por razones como que se puede poner en peligro la imperatividad del derecho".
"Ya lo ha dicho la ministra. Aquí habrá un gran esfuerzo de las administraciones autonómicas para intentar que se pueda solucionar que los escolares retomen la asignatura con el menor coste posible. Lo que es importante es que con esta sentencia sale reforzada la LOE porque es una materia importante", dijo en relación a los niños que no han cursado la asignatura hasta el momento.