La AN rechaza extraditar a Pakistán a la mujer acusada de participar en el secuestro y la muerte de su hija en 2020

Archivo - Entrada a la Audiencia Nacional en el momento en el que dos miembros del ente público ICM han sido testigos sobre la supuesta financiación ilegal del PP madrileño en Púnica, a 7 de octubre de 2021, en Madrid, (España).
Archivo - Entrada a la Audiencia Nacional en el momento en el que dos miembros del ente público ICM han sido testigos sobre la supuesta financiación ilegal del PP madrileño en Púnica, a 7 de octubre de 2021, en Madrid, (España). - Alejandro Martínez Vélez - Europa Press - Archivo

La Sala considera que en la documentación del país asiático no se establecen los hechos que se le atribuyen

MADRID/ LOGROÑO, 15 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Nacional (AN) ha rechazado extraditar a Pakistán a la mujer que fue detenida en Logroño (La Rioja) cumpliendo con una orden internacional de detención al estar acusada de haber participado en el secuestro y posible homicidio de su propia hija.

En un auto de este martes, al que ha tenido acceso Europa Press, la Sala de lo Penal descarta proceder a la entrega de la reclamada, de origen pakistaní, al considerar que en la documentación enviada por las autoridades del país asiático no se establecen los hechos concretos que se atribuyen a la mujer.

Los magistrados de la Sección Tercera explican que tras el examen de la documentación extradicional se evidencia que la únicas resoluciones judiciales que se aportan , "al parecer dictadas en relación a un expediente policial", son una orden de arresto de septiembre de 2020 y una posterior "reclamación que requiere la apariencia de persona reclamada".

A esos documentos se añade, además, otra orden de arresto de diciembre de ese año, "todas ellas carentes por completo de expresión alguna de los hechos atribuidos a la reclamada y del lugar y fecha en que habrían sido cometidos".

"Tal falta de relato de los hechos atribuibles a, o que habría cometido, en concreto, la reclamada, es predicable de toda la documentación extradicional aportada. Ello parece deberse a que se ignora no ya en qué consistió la actuación o participación supuestamente delictiva de la reclamada, sino, incluso, qué es lo sucedido", sostiene la Sala.

LA FISCALÍA INFORMÓ A FAVOR DE SU ENTREGA

El procedimiento, en el que la Fiscalía había informado a favor de la entrega, se inició a raíz de la denuncia en Pakistán de un hombre que relató que se había casado con una chica, con nacionalidad española --la hija de la reclamada--, en abril de 2020. El denunciante aseguraba que los miembros de la familia de ella no estaban de acuerdo con ese matrimonio y que se la habían llevado por la fuerza y la habían secuestrado o matado.

Tras examinar al completo el expediente de extradición, los magistrados concluyen que al desconocerse cuáles son los hechos que en concreto se atribuyen a la reclamada no se puede comprobar si se cumplen los principios de doble incriminación y mínimo punitivo que contempla la ley, por lo que la entrega debe ser denegada.

Esta decisión de la Sala llega después de que la propia AN acordase el pasado jueves la puesta en libertad de la reclamada. En concreto, el tribunal acordó tras la vista de extradición su libertad provisional, con la obligación de designar domicilio en España, de acudir a los juzgados a firmar cada quince días, y con la prohibición de salir del territorio español con entrega del pasaporte.

En la propia vista, la defensa de la mujer se opuso a la extradición porque consideraba que en las órdenes emitidas por Pakistán hay contradicciones, ya que en una se le acusa de conspirar para el asesinato y secuestro, mientras que en otra se le acusa del 312 del Código Penal de Pakistán --relativo al asesinato-- que puede acarrear la pena de muerte.

Además, entendía que la documentación presentada por el país asiático demuestra "una falta de respeto absoluta" hacia España porque muchos testigos ni han aparecido a declarar allí y no hay un auto de procesamiento.