Archivo - Vista de la fachada del Palacio de Justicia - Alberto Ruiz - Europa Press - Archivo
LOGROÑO, 17 Jun. (EUROPA PRESS) -
Esta mañana ha quedado constituido el Tribunal del Jurado que enjuiciará a partir del próximo miércoles, 19 de junio, al acusado de un presunto delito de homicidio doloso cometido cuando conducía temerariamente un vehículo bajo la influencia de bebidas alcohólicas. En el suceso resultó muerto un hombre de 31 años.
Según el escrito del fiscal, el 27 de julio de 2018 el acusado condujo de manera temeraria durante varios kilómetros hasta que en la N-111 a su paso por el término municipal de Nalda invadió el carril contrario y colisionó frontalmente con el vehículo de la víctima sin que hiciera ninguna maniobra para evitarlo. Le piden 13 años de cárcel y nueve más sin poder conducir.
El Tribunal Popular lo componen 6 mujeres y 3 hombres. Los suplentes son una mujer y un hombre. Los miembros del Jurado tienen edades comprendidas entre los 22 y 64 años. En cuanto a las profesiones, son las siguientes: dos administrativos, dos desempleados, un dependiente de comercio, un operario, un educador, un chófer, un camarero, un comercial y un bodeguero.
Los nueve miembros del Jurado, así como los dos suplentes, han sido seleccionados esta mañana a puerta cerrada en la Audiencia Provincial entre 22 candidatos elegidos por sorteo. El juez que preside el proceso, así como el fiscal y el resto de las partes personadas en la causa han interrogado a los candidatos antes de ser elegidos como jurados.
ESCRITO DE FISCALÍA
El escrito al que ha tenido acceso Europa Press juzgará a D.S.F., de 35 años, que ese 27 de julio de 2018, bajo la influencia de las bebidas alcohólicas y benzodiacepinas que había ingerido previamente y que limitaban sus aptitudes psicofísicas, conducía un vehículo de su padre. El acusado salió de localidad soriana de Aylloncillo, sobre las 12,30 horas, y tras haber pasado un tiempo en la ciudad de Soria, emprendió el trayecto desde ésta hacia la ciudad de Logroño sobre las 15,00 horas.
El acusado conducía de manera "agresiva y errática, poniendo en riesgo la vida y la integridad física de los otros usuarios de la vía". Así, a la altura de la localidad de Villanueva de Cameros, dada la forma de conducir del acusado, "varios conductores se vieron obligados a agolparse para evitar una colisión".
Posteriormente, en el Alto de Torrecilla, en una carretera con rectas largas, el acusado salió sorpresivamente de su carril para adelantar, haciendo que otros conductores "tuvieran que maniobrar bruscamente para evitar colisionar con el vehículo del acusado".
Ya, a la altura de la fábrica de Peñaclara, el acusado estuvo a punto de impactar con otro conductor, A. O. M., cuando éste adelantaba a otro vehículo, al pretender el acusado adelantar también sin indicar la maniobra y saliendo de su carril de manera brusca. A continuación, el acusado se desplazó a la derecha y, según frenaba, "soltó el volante y se echó las manos a la cabeza".
Cuando circulaba a la altura de Albelda, y "sin observar la más mínima diligencia en la conducción, el acusado adelantó a unos diez vehículos de una vez".
Finalmente, sobre las 16,20 horas, a la altura del punto kilométrico 312,250 de la carretera N-111 en el término municipal de Nalda, "de forma súbita y brusca, sin comprobar si circulaban vehículos en sentido contrario, representándose que podría ocasionar la muerte de quien circulara en dicho sentido y aceptando su más que probable resultado", desplazó su vehículo hacia el centro de la vía e invadió el sentido contrario de la circulación, por el que circulaba el turismo de la víctima con el que colisionó frontalmente, sin que el acusado realizase ninguna maniobra evasiva previa ni frenase. A consecuencia de la colisión resultó fallecido R. G. P. , de 31 años de edad, conductor y único ocupante del vehículo.
Asimismo, los dos vehículos implicados en la colisión resultaron con daños de gran consideración. D. S. F. presentaba en el momento de los hechos una tasa de alcohol en sangre de 1,44 gr/l, equivalente a una tasa de alcohol en aire espirado de 0,72 mg/l. El siniestro vial se produjo en un tramo recto y con buena visibilidad; siendo las condiciones meteorológicas favorables y encontrándose la calzada seca, limpia y libre de obstáculos. Por otra parte, no consta que los vehículos implicados en la colisión no estuvieran en buen estado de funcionamiento.
R. G. P. convivía con sus padres y siete hermanos. La compañía de seguros Plus Ultra consignó la cantidad de 243.431 euros el día 24 de enero de 2019; la cantidad de 61.112,40 euros el día 8 de octubre de 2019; y constituyó fianza por importe de 81.143,66 euros el día 14 de noviembre de 2019.
El acusado está privado cautelarmente del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores desde el día 8 de julio de 2019.
Para el fiscal, los hechos constituyen un delito de conducción temeraria con manifiesto desprecio por la vida de los demás, otro de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas y, finalmente, uno de homicidio doloso.
Por estos hechos, le reclama al acusado la pena de 13 años de prisión, y la pena de 9 años de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores, lo que comportará la pérdida de vigencia del permiso de conducir.
En concepto de responsabilidad civil, el acusado y la compañía de seguros "hasta el límite de cobertura pactada en la póliza, indemnizarán, conjunta y solidariamente al padre y madre del fallecido con 20.000 euros a cada uno.
Además, a cada hermano, son 5, del fallecido, les indemnizarán con 60.000 euros a cada uno.