La UR aprueba el Reglamento sobre Institutos y Centros propios de Investigación y modifica el calendario académico

Actualizado: jueves, 9 febrero 2006 18:15

LOGROÑO, 9 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Gobierno de la Universidad de La Rioja aprobó, en su reunión ordinaria celebrada hoy, el Reglamento de la UR sobre institutos universitarios y centros propios de investigación, así como una modificación del calendario académico del presente curso 2005-2006.

El Reglamento de la Universidad de La Rioja sobre institutos universitarios y centros propios de investigación aprobado por el máximo órgano ejecutivo del campus desarrolla las previsiones contenidas en los Estatutos de la UR que contemplan la creación de estos centros.

En el caso de los institutos de investigación, el reglamento establece que la competencia para su creación reside en la Comunidad Autónoma de La Rioja pero que la iniciativa corresponde también al Consejo Social y Consejo de Gobierno de la UR, el rector, facultades, departamentos o de un grupo profesores en propuesta elevada al vicerrector de Investigación.

En cualquier caso, la solicitud de creación debe acompañarse de una memoria justificativa con la denominación, finalidad y objetivos del instituto; interés científico-técnico, social y económico; áreas, campos y ámbitos de actuación y especialización científica; miembros, ingresos y gastos previstos.

El reglamento establece, en todo caso, la posibilidad de crear institutos propios -compuesto siempre por profesores de varios departamentos-, mixtos, adscritos e interuniversitarios. En cualquier caso, dispondrán de un director, secretario y Consejo de Instituto. En el caso de los centros propios de investigación, a diferencia de los institutos universitarios, estos no pueden impartir programas de Doctorado ni de postgrado. La iniciativa de creación corresponde a órganos de gobierno, centros y personal de la Universidad de La Rioja.

La solicitud de creación de un centro propio debe incluir, igualmente, una memoria justificativa de su finalidad, interés científico-técnico, ámbitos de actuación y especialización científica; miembros, ingresos y gastos previstos. Los centros deben contar con al menos 6 profesores a tiempo completo, mientras que los institutos se rigen en este sentido por la misma legislación aplicable para la creación de un departamento.

CALENDARIO ACADÉMICOPor otra parte, el Consejo de Gobierno de la UR aprobó una modificación del calendario académico para el presente curso 2005-2006. Este cambio surge de la aprobación del Calendario laboral de fiestas locales año 2006 (BOR 24/XII/2005) en el que el lunes 12 de junio aparece como día festivo por San Bernabé.

En este sentido se ha dado el visto bueno a la propuesta de adelantar el período oficial de exámenes del segundo cuatrimestre, previsto inicialmente para el lunes 12, al viernes 8 de junio. En el caso de las titulaciones 'on line' el período oficial de exámenes comenzará el martes 13 de junio.

El Consejo de Gobierno de la Universidad de La Rioja ha oído los informes del vicerrector de Ordenación Académica y Profesorado y sobre la Comisión de Estudios de Postgrado. Además, ha aprobado la modificación de la Normativa para la distribución del fondo de acción social para el personal de la Universidad de La Rioja y el Procedimiento de homologación de título extranjero de educación superior al actual título y grado de doctor por la Universidad de La Rioja.

En cuanto a los expedientes de modificación presupuestaria para el año 2005, el Consejo de Gobierno de la UR dio su visto bueno con el fin de equilibrar la ejecución de los diferentes capítulos. Finalmente, ha dado su visto bueno a la solicitud de comisión de servicio del Ministerio de Economía y Hacienda a favor de la profesora de Derecho Financiero Dolores Piña.