CCOO cree que el fallo de Deliveroo muestra el intento de empresas de "burlar" la legislación laboral

Una repartidora o 'rider' de Deliveroo.
Una repartidora o 'rider' de Deliveroo. - DELIVEROO - Archivo
Publicado: viernes, 24 enero 2020 10:49

MADRID, 24 Ene. (EUROPA PRESS) -

CCOO ha celebrado la sentencia que determina que los repartidores de la empresa Deliveroo son trabajadores sujetos a una relación laboral con la compañía en la prestan sus servicios, lo que a su juicio pone de manifiesto el intento de las empresas de "burlar la legislación laboral, usurpar a los trabajadores sus derechos y defraudar a las arcas públicas".

En una sentencia, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) confirma la decisión de un juez de establecer que existe una relación laboral y que no operan como autónomos, tal y como defiende la empresa.

El sindicato ha destacado que es "la sentencia de mayor relevancia de las que ha habido hasta la fecha, tanto por el número de trabajadores afectados -más de 500- como por la contundencia de la misma, que evidencia que se dan claramente las condiciones de ajenidad y dependencia características de una relación laboral por cuenta ajena como exige el sindicato desde hace tiempo".

Así, ha reseñado que el fallo se refiere a una sentencia anterior que dejaba claro que los denominados 'riders', los repartidores de comida a domicilio de la empresa Deliveroo, son "efectivamente falsos autónomos, tal y como detectó la Inspección de Trabajo más de 500 casos".

El sindicato ha subrayado que la conclusión del TSJM está en consonancia con las reivindicaciones que CCOO lleva realizando desde hace tiempo con respecto a estos trabajadores, es decir, con la constatación de que están vinculados a la empresa a través de una relación laboral por cuenta ajena.

A su juicio, el fallo evidencia que se dan claramente las condiciones de ajenidad y dependencia características de una relación laboral por cuenta ajena como exige el sindicato desde hace tiempo.

Para la secretaria de Acción Sindical de CCOO de Madrid, Asunción Servant, los riders "no son autónomos, sino trabajadores asalariados y, por tanto, trabajadores con derechos laborales, permisos, vacaciones cobertura de bajas laborales, de accidentes de trabajo, derecho a medidas de protección y de prevención de riesgos laborales, derecho a la representación y a la negociación colectiva".

Según Servant, la sentencia "vuelve a poner de manifiesto que la mal llamada economía colaborativa es un invento de unas cuantas empresas con el fin de burlar la legislación laboral, usurpar a los trabajadores sus derechos y defraudar a las arcas públicas los ingresos correspondientes a las cotizaciones a la seguridad social y los impuestos que tienen obligación de ingresar", remachó.

A juicio de la dirigente sindical "afortunadamente" el Estado de derecho "está funcionando". En este sentido, señaló que desde CCOO de Madrid también quieren "valorar el gran trabajo" desarrollado por la Inspección de Trabajo de Madrid en la instrucción del expediente que ha dado lugar a la demanda, "un trabajo riguroso y pormenorizado en el que se ha sustentado la sentencia", afirmó Servant.

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