CECU aconseja comprar en rebajas sólo lo necesario y elaborar un pequeño presupuesto para poner límites económicos

Actualizado: viernes, 20 junio 2008 17:33

MADRID, 20 Jun. (EUROPA PRESS) -

La Confederación de Consumidores y Usuarios de Madrid (CECU Madrid) aconsejó hoy, de cara a las rebajas que comienzan mañana, comprar sólo lo necesario rechazando las compras superfluas, así como elaborar un pequeño presupuesto, poner límites económicos y comprar los productos de temporada más rebajados.

CECU Madrid aseguró que si bien es cierto que las rebajas es un buen momento para adquirir determinados productos mucho más baratos, incluso a la mitad de su precio, sin que estos pierdan calidad y con los mismos derechos que cualquier día de año, "para que la compra en rebajas resulte realmente eficaz y rentable, y mucho más en estos momentos de dificultades económicas, lo mejor es comprar con criterios de responsabilidad, sostenibilidad e inteligencia".

En este sentido, CECU Madrid recordó que adquirir más productos sólo porque estos estén rebajados "elimina el principal atractivo de las rebajas que son su bajo precio". "Acabamos pagando más y corremos el riesgo de perpetuar hábitos de consumo que no responden a necesidades concretas del consumidor, sino de la publicidad y el consumismo", indicó.

Junto a este consejo sobre el comportamiento en la compra, recordó también que en rebajas los derechos del consumidor "no sufren merma ni limitación alguna", y son los mismos que los que disfruta a lo largo del año. Así, insistió en que las rebajas "son de precios, no de calidad".

En la misma dirección, apuntó que todos los artículos que se vendan en rebajas deben haber estado a la venta con anterioridad en el establecimiento, y no pueden estar deteriorados. Además, recordó que los comercios tienen prohibido la fabricación de productos destinados exclusivamente a rebajas.

Asimismo, recomendó mirar si el artículo es actual y revisar con atención la etiqueta, ya que en los artículos textiles debe figurar la talla, la composición y el tratamiento aconsejable a efectos de lavado y planchado.

En cuanto a precios, señaló que se debe comprobar que junto al precio rebajado figura el precio antiguo o bien el porcentaje de rebaja del artículo. Por otro lado, recordó la importancia de exigir la garantía al comprar bienes de naturaleza duradera, que suele ser de dos años. En estos casos, el vendedor está obligado por ley a facilitársela, "y las rebajas no son una excepción", señaló, al tiempo que subrayó que esto es especialmente importante en la compra de electrodomésticos.

GUARDAR LOS TICKETS DE COMPRA

Asimismo, recomendó al consumidor que se guarde los tickets de compra con sus correspondientes impuestos porque les serán muy útiles a la hora de hacer una reclamación. Precisamente, a la hora de hacer cambios y devoluciones, los comercios están obligados a cambiar los artículos cuando sean defectuosos, siempre y cuando no se hayan usado.

"Si el producto no sufre ningún defecto y aún así, usted lo quiere cambiar debe preguntar en el establecimiento por esta posibilidad antes de comprar o pagar. En este caso el comercio no está obligado al cambio", añadió.

Respecto a las tarjetas, el consumidor puede pagar sus compras con su tarjeta de crédito, salvo advertencia en sentido contrario en un lugar visible de la tienda. Los establecimientos que ofrecen este servicio durante todo el año, no pueden negarse a ofrecer el mismo servicio en rebajas, ni imputar al consumidor el recargo del banco.

Además, se debe comprobar la fecha de rebajas del establecimiento. Esta información debe figurar en lugar visible y de fácil acceso para el consumidor. Las rebajas pueden durar un máximo de dos meses y un mínimo de una semana.

REBAJAS, SALDOS Y LIQUIDACIONES

La ley diferencia las rebajas de los saldos y las liquidaciones. Así, la CECU aseguró que los consumidores deben distinguir claramente entre estas tres formas de actividad comercial. Los saldos son productos que han perdido valor de mercado por estar deteriorados u obsoletos, siempre que no impliquen riesgo o daño para el consumidor. Estos deben anunciarse como tales y estar en poder del vendedor al menos seis meses antes de la fecha del comienzo.

Las liquidaciones son una venta de carácter excepcional, producida como consecuencia de una decisión judicial, cesación de la actividad, cambio de ramo, local, u obra, entre otras razones, y tiene como fin dar salida a todos los productos existentes en el local. Los artículos deben estar previamente a la venta y el proceso no puede durar más de seis meses.

Las rebajas, por su parte, son productos rebajados de precio por cambio de estación o temporada. Todos los productos que se ofrecen en rebajas deben haber estado a la venta con anterioridad en el establecimiento y no pueden estar deteriorados. El establecimiento debe tener al menos la mitad de sus productos rebajados, y está prohibida la venta de productos fabricados exclusivamente para las rebajas.

La ley prevé sanciones para aquellos establecimientos que cometan infracciones o que violen la legislación en materia de rebajas dictadas en la Ley de Ordenación del Comercio Minorista. Así, se considerarán faltas leves realizar ventas en rebajas fuera de los casos autorizados en la ley, no hacer figurar en los artículos rebajados los precios habituales de los mismos, o faltar a las obligaciones establecidas en la ley o en las normas dictadas para su desarrollo que no sean objeto de sanción específica.

Este tipo de infracciones tienen una multa que puede llegar a los 3.000 euros, frente a las faltas graves cuya multa puede oscilar entre los 3.000 y los 15.000 euros. Se consideran como tales ofrecer como rebajados artículos defectuosos, o que el comercio haya comprado expresamente para ofrecerlos en rebajas.

Las rebajas de verano comienzan oficialmente en la Comunidad de Madrid mañana y finalizarán el 21 de agosto. Durante estos dos meses, cualquier comercio podrá acogerse a la Ley que regula las rebajas siempre y cuando tenga rebajados al menos la mitad de sus productos como mínimo una semana.