El juez Pedreira sobresee de forma provisional la causa de la ex concejal de Pozuelo Yolanda Estrada

Yolanda Estrada
AYTO BOADILLA
Europa Press Madrid
Actualizado: martes, 25 enero 2011 15:24

MADRID 25 Ene. (EUROPA PRESS) -

El magistrado instructor del 'caso Gürtel', Antonio Pedreira, ha declarado el sobreseimiento provisional de la causa que implica en el 'caso Gürtel' a la ex concejal de Pozuelo de Alarcón Yolanda Estrada al estimar que los indicios incriminatorios no son suficientes para enervar su presunción de inocencia.

En un auto fechado ayer, al que tuvo acceso Europa Press, el magistrado declara el sobreseimiento provisional de Yolanda Estrada y desestima la pretensión de su letrado de sobreseimiento libre. A Estrada se le imputaban delitos de prevaricación y de cohecho.

Estrada fue concejal de Obras Públicas en el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón y secretaria de Presidencia local de la formación y está relacionada con las acciones llevadas a cabo por el ex alcalde de esta localidad, Jesús Sepúlveda, otro de los imputados en la trama encabezada por Francisco Correa.

La edil dimitió de su cargo el pasado 13 de enero tras declarar ante el magistrado. Estaba al frente de la secretaría de la Junta Local de Gobierno y tenía la titularidad de las áreas de Gobierno y gestión de Mujer, Presidencia, Cultura, Relaciones Institucionales y Protocolo.

El pasado 20 de mayo, Estrada fue expulsada del Grupo Municipal del Partido Popular del Ayuntamiento de Pozuelo, del que formaba parte como edil sin atribuciones desde su imputación en el caso Gürtel el pasado mes de enero. Ahora, es concejal sin estar adscrita a ninguna formación política.

Entre otros aspectos, el juez asegura que no hay indicios de la comisión del delito de prevaricación administrativa, que "exige dolo y no tiene configuración dolosa".

Así, recalca que la declaración de la coimputada Felisa Isabel Jordán (administradora de varias de las empresas de Correa) referente a que el ex secretario de Organización del PP gallego, Pablo Crespo, le dijo en Pozuelo de Alarcón que contactara con Yolanda Estrada porque le iba a atender "no constituye por sí solo un delito".

Añade que el hecho de asistir a una reunión para la presentación de un proyecto postulado por Jordán, que no se realizó por parte de Estrada, "no conduce a tipificar una conducta de Yolanda Estrada de delictiva".

Asimismo, agrega que "tampoco la suscripción de tres facturas correspondientes a actos de comunicación relacionados con el plan de asfaltado de 2004 como para la compra de mobiliario, son constitutivos, por sí solos, de delito de prevaricación".

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