El TSJMU reconoce la gran invalidez a una funcionaria jubilada por incapacidad tras acreditar su dependencia

Europa Press Murcia
Publicado: lunes, 14 septiembre 2026 12:32

MURCIA 14 Sep. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJMU) ha reconocido la situación de gran invalidez a una funcionaria jubilada por incapacidad permanente después de constatar que el agravamiento de su enfermedad le ha provocado una pérdida de autonomía que hace necesaria la asistencia de otra persona para realizar actividades básicas de la vida diaria.

La sentencia anula las resoluciones administrativas que rechazaron la solicitud y reconoce a la funcionaria el correspondiente complemento, equivalente al 50% de la pensión de jubilación que le corresponda conforme a la cantidad íntegra acreditada en nómina por el Régimen de Clases Pasivas del Estado.

La funcionaria había sido jubilada por incapacidad permanente con efectos desde diciembre de 2019 y en mayo de 2023 solicitó a MUFACE el reconocimiento de la gran invalidez al considerar que la evolución de su enfermedad había hecho necesaria la asistencia continuada de terceras personas para realizar actos esenciales de la vida, según ha informado el TSJMU.

El Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) hizo constar que padecía "esclerosis múltiple en progresión, con necesidad de uso de silla de ruedas para desplazamiento, y necesidad de ayuda para algunas necesidades", aunque concluyó que no necesitaba la asistencia de otra persona para realizar los actos más esenciales de la vida diaria. Sobre esta valoración, MUFACE rechazó la solicitud.

Durante el procedimiento judicial se aportó una prueba pericial que describía una afectación neurológica severa, con pérdida total de la marcha y una dependencia casi completa para las actividades de la vida diaria. Las especialistas que realizaron la valoración concluyeron que necesitaba la ayuda de una tercera persona para las actividades básicas e instrumentales.

La Sala recuerda que los dictámenes de los órganos médicos administrativos cuentan con una presunción de legalidad y acierto por los conocimientos técnicos de sus integrantes, aunque precisa que dicha presunción puede ser desvirtuada mediante prueba en contrario.

En este caso, el tribunal considera que la prueba médica aportada durante el procedimiento, junto con el carácter progresivo de la enfermedad, permite acreditar que la funcionaria "ha llegado a un estadio en que necesita la ayuda de terceras personas para las actividades básicas de la vida diaria" y que, por tanto, concurre una situación de gran invalidez.

La resolución recuerda asimismo que la normativa del Mutualismo Administrativo contempla que la situación de gran invalidez pueda aparecer después de la jubilación por incapacidad permanente cuando se produzca un agravamiento y concurran los requisitos establecidos legalmente.

La sentencia es susceptible de recurso de casación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, siempre que el asunto presente interés casacional.

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