La Junta Electoral archiva una queja de Bildu contra medios e instituciones a los que acusa de desprestigiarles

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BILDU
Europa Press Nacional
Actualizado: jueves, 19 mayo 2011 21:58

MADRID 19 May. (EUROPA PRESS) -

La Junta Electoral Central (JEC) ha archivado una queja planteada por Bildu contra determinadas instituciones políticas y medios de comunicación que, según la coalición, buscan su desprestigio. También ha desoído la petición de amparo que realizaron al organismo arbitral reclamándole que se les garantizase "la posibilidad de intervenir en el proceso electoral en igualdad de condiciones que el resto de las formaciones políticas".

En un acuerdo adoptado en su reunión del pasado martes, conocido este jueves y que recoge por Europa Press, la Junta Electoral Central recuerda a Bildu que el organismo arbitral no puede ejercer su función de velar por el respeto al pluralismo político y la neutralidad informativa en periodo electoral (recogidos en el artículo 66 de la Ley Electoral) basándose en "reclamaciones genéricas", sino que sólo puede actuar si se presentan "recursos, reclamaciones o quejas concretas".

DENUNCIA GENERAL, IMPRECISA Y SIN PRUEBAS

"En el presente caso --argumenta la JEC--, la coalición electoral interesada plantea una queja de carácter general sobre la supuesta vulneración del principio de igualdad por un número indeterminado de medios de comunicación, aspecto de la reclamación que no puede ser, en tales términos, acogida por esta Junta".

En lo que se refiere a los casos concretos que Bildu plantea en su queja "a modo de ejemplo", la Junta destaca que, de una parte, se "refieren a noticias y opiniones recogidos en los medios de comunicación escritos de titularidad privada" a los que por no ser públicos "no les puede aplicar" el citado artículo 66 de la LOREG

El resto de ejemplos aportados por Bildu, según el acuerdo de la Junta Electoral, son "denuncias imprecisas relativas a dos televisiones privadas en las que no se aporta ningún elemento probatorio ni se razona en qué medida se produce la vulneración de los principios" pluralismo político y neutralidad informativa.

QUERÍAN INCLUSO QUE INTERVINIESE LA FISCALÍA

Además, el organismo arbitral recuerda a la coalición abertzale que "las opiniones que puedan formular los medios de comunicación o las personas que intervengan en la programación de éstos, forman parte del derecho a la libertad de expresión", que garantiza el artículo 20 de la Constitución Española.

En su queja, Bildu había emplazado a la JEC a dar traslado de oficio al Ministerio Fiscal a fin de depurar las responsabilidades que en su caso procediesen en el caso de que apreciase "indicios de delito" en alguno de los documentos con en los que basó su denuncia.

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