Ajamil aprueba una ordenanza reguladora sobre animales peligrosos

Actualizado: sábado, 12 enero 2008 19:31

LOGROÑO, 12 Ene. (EUROPA PRESS) -

El Ayuntamiento de Ajamil cuenta ya con una ordenanza municipal para regular la tenencia de animales peligrosos, cuya aprobación definitiva publica hoy el Boletín Oficial de La Rioja.

La norma afecta a todos los propietarios de animales, pero excluye a los perros y animales pertenecientes a las Fuerzas Armadas, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas, Policía Local y empresas de seguridad con autorización oficial.

Se consideran animales potencialmente peligrosos, según define el texto, los que "perteneciendo a la fauna salvaje, siendo utilizados como animales domésticos o de compañía, con independencia de su agresividad, pertenecen a especies o razas que tengan capacidad de causar la muerte o lesiones a las personas o a otros animales y daños en las cosas".

En particular, se consideran potencialmente peligrosos los perros que pertenecen a estas razas o que están cruzados: Pit Bull Terrier, Staffordshire Bull Terrier, American Staffordshire Terrier, Rottweiler, Dogo Argentino, Fila Brasileiro, Tosa Inu y Akita Inu.

Asimismo, más allá de la raza, la norma estipula que pueden ser también peligrosos los perros que reúnan las características siguientes: fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia; marcado carácter y gran valor; pelo corto; perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 centímetros, altura a la cruz entre 50 y 70 centímetros y peso superior a 20 Kg; cabeza voluminosa, cuboides, robusta, con cráneo ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas; mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda; cuello ancho, musculoso y corto; pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculoso y corto.

La ordenanza establece que quien quiera ser propietario de un animal potencialmente peligroso deberá solicitar previamente una licencia y pagar una tasa municipal.

Para poder solicitar esta licencia, deberán cumplirse además una serie de requisitos. El solicitante deberá, así, ser mayor de edad, carecer de ciertos antecedentes penales, obtener un certificado de aptitud psicológica y física y contratar un seguro de responsabilidad civil por un mínimo de 120.000 euros.

La licencia, que los propietarios deberán renovar cada cinco años, perderá su vigencia en el momento en que el titular deje de reunir alguno de los requisitos.

Por otra parte, los animales deberán ser inscritos por sus propietarios en el Registro Municipal, aportando entre otros datos si el destino del animal es la convivencia doméstica u otros usos como la guarda o la protección.

Además, la ordenanza obliga a los propietarios a llevar la documentación siempre que salgan con el perro, que deberá llevar bozal y correa corta.

Si el animal se encuentra en una finca, casa de campo, chalé, parcela, terraza, patio o cualquier otro lugar determinado, deberá estar atado, a no ser que disponga de habitáculo con la superficie, altura y adecuado cerramiento, para proteger a las personas o animales que acceden o se acerquen a estos lugares.

Las infracciones de la ordenanza se clasifican en muy graves, graves y leves. El resto de requisitos y obligaciones pueden consultarse en el Ayuntamiento de Ajamil o en el BOR de hoy, sábado 12 de enero de 2008.