La Audiencia de Las Palmas absuelve a la dueña de un prostíbulo en el que ejercían brasileñas que llegaban como turistas

Actualizado: martes, 3 junio 2008 14:24

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, 3 Jun. (EUROPA PRESS) -

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha dictado una sentencia en la que absuelve a la 'madame' del prostíbulo 'La Perla Negra', que estuvo en Las Palmas de Gran Canaria desde 2001 hasta 2007 y en el que ejercían la prostitución jóvenes extranjeras, fundamentalmente brasileñas que entraban en España como turistas.

La Fiscalía solicitaba, tras el juicio celebrado los días 19 y 21 de mayo, 24 años de cárcel para Ivani María Da Silva Morais, de nacionalidad brasileña y 51 años de edad, acusada de un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros, prostitución y blanqueo de capitales, por los que ha sido exculpada, según la resolución dada a conocer hoy.

La Sala, presidida por la magistrada María Oliva Morillo, ha acordado eximir de culpa también a la hermana de la dueña del lupanar, Adair Da Silva Morais, que era acusada de un presunto delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros, prostitución y blanqueo de capitales. Igualmente, absuelve del delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros a las encargadas eventuales del prostíbulo Juparaneza Aneta Santos, Renilde de Jesús Aranha Campelo, Marcia Regina Dos Santos Fonseca, Candelaria Robaina Frías, Regina Celia Maghalaes y Walkiria Venturini Da Silva.

Dicha resolución no es firme, por lo que las partes pueden interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo, que habrá de prepararse ante esta Sala en el plazo de cinco días.

La Audiencia de Las Palmas considera como hechos probados que la acusada Ivani María Da Silva Morais, sin antecedentes penales, en el año 2001 tomó en arrendamiento el inmueble sito en la calle Tomás Millar número 8 de la capital grancanaria e instaló un club denominado 'La Perla Negra', en el que se ejercía la prostitución.

El referido establecimiento se nutría de chicas que "libre y voluntariamente" ejercían la prostitución con anterioridad, y que, o bien llamaban al mismo por teléfono solicitando ocupar una de sus plazas, o bien se presentaba directamente en el inmueble con el mismo fin.

"En ningún caso existió una labor de captación de chicas" por parte de la principal acusada, ni se ofertaban las plazas de la casa de citas, sino que eran las mujeres dedicadas a esta actividad las que solicitaban trabajar en el mismo por un tiempo en principio de 21 días, que podía alargarse, pero nunca más allá de los dos meses, añade la sentencia.

En el caso de mujeres extranjeras la acusada exigía siempre que estuvieran en situación regular en España, y para ello debían mostrar el pasaporte o la tarjeta de residencia antes de comenzar a trabajar, pasaporte que en ningún caso les era retirado, "teniendo todas las mujeres libertad deambulatoria absoluta".

En este caso se encontraba una de las mujeres, quien llegó a España para ejercer la prostitución, sin tener ninguna referencia del Club Perla Negra, hasta que tras permanecer un mes y medio en la capital grancanaria, trabajando como prostituta por su cuenta, a través de unas amigas conoció el citado local, al que llamó por teléfono y trabajó en él un mes y veinte días.

LA 'MADAME' SE QUEDABA CON EL 50%.

Las chicas que ejercían la prostitución debían entregar el 50% de lo obtenido a Ivani Da Silva, quien corría con todos los gastos del establecimiento, incluida la publicidad del club dirigida a captar clientes, que efectuaban los pagos por medio de tarjeta de crédito o en efectivo. Para lo primero la acusada había contratado en fecha 14 de diciembre de 2001, un datafono a su nombre, el 13 de enero de 2004 otro datafono a nombre de la empresa Import Dasil, el 25 de marzo de 2004 un tercero de la empresa Import Silva, y el 25 de octubre de 2006 otro a nombre de la entidad Penedo Cutrim SL.

La sentencia recoge que el resto de acusadas, la hermana de la dueña del burdel y las otras seis mujeres trabajaban en el referido club como limpiadoras, haciendo también labores de camareras y recepcionistas, cobrando un salario fijo que les abonaba Ivani Da Silva Morais, y no llevaron a cabo "tampoco ninguna labor de captación de las chicas que se prostituían en el club".

Por otro lado, precisa que Ivani Da Silva Morais solicitó varios préstamos personales a entre el 13 de julio de 2004 y el 25 de enero de 2007, asimismo adquirió mediante un préstamo hipotecario un inmueble en la localidad de San Bartolomé de Tirajana, al sur de Gran Canaria, el 1 de septiembre de 2004, cuyo plazo de vencimiento sería el 2024, y con anterioridad había adquirido el 19 de junio de 2003 una vivienda en Las Palmas de Gran Canaria, que transmitió en el mes de julio de 2004. Asimismo entre los años 2000 y 2003 adquirió cuatro inmuebles en Brasil.

"NO ERA UN CRIMEN".

Durante el juicio, la 'madame' del prostíbulo 'La Perla Negra' aseguró que no creía que lo que hizo fuera "un crimen", al permitir ejercer la prostitución a jóvenes extranjeras, quienes "ejercían la prostitución por voluntad propia", añadió. La dueña del local aseguró que tenía una "lista de espera" de chicas de toda España que querían trabajar en su club y explicó que no era necesario que fueran en exclusiva de Brasil, "aunque los clientes exigían la renovación de las chicas continuamente y querían más a las chicas brasileñas".

Por su parte, su hermana dijo que no se confesaba autora de todos los hechos, pues era una "simple recadera" y afirmó que las chicas no estaban obligadas, sino que estaban "contentas" y que "sabían a lo que iban", así como "no se obligaba a la que no quería estar". En relación a las chicas supuestas encargadas eventuales del lupanar negaron ser autoras de un delito contra las ciudadanos extranjeros.

Sin embargo, en su escrito de conclusiones al término del juicio, la fiscal Teseida García, mantuvo la petición de imponer 24 años de cárcel a la 'madame' del prostíbulo por "favorecer la inmigración clandestina para la explotación sexual" de extranjeras. La dueña del burdel rompió a llorar al terminar el juicio y pidió perdón. "Ivani es el cerebro y Adair la máquina", aseguró el Ministerio Público, que reiteró igualmente la petición de 13 años de cárcel para Adair Da Silva y 10 años para las seis encargadas eventuales del prostíbulo.

En todo caso, la fiscal quiso dejar claro que durante los dos días de juicio "no se ha estado enjuiciando el ejercicio de la prostitución", sino el tráfico ilegal de personas desde Brasil o en tránsito en España. "Las chicas no están criminalizadas por ejercer el oficio más antiguo del mundo", aseguró García, que, indicó que "nunca se ha cuestionado que éstas fueran coaccionadas, sino que son las verdaderas perjudicadas de toda esta trama".

Al término del juicio, todas las acusadas se echaron a llorar y, en su última intervención, la dueña del local reconoció haber cometido "muchos errores", pero dijo que no era conciente de que estaba cometiendo un delito. "Fui mala y lo siento por el daño que le he hecho a mis empleadas y a mi hermana", aseveró. Por su parte, los tres letrados de la defensa tacharon de "desproporcionadas" las penas solicitadas y pidieron la libre absolución para sus clientes.

EN LIBERTAD PROVISIONAL DOS DÍAS DESPUÉS DEL JUICIO.

La Audiencia de Las Palmas dictó el pasado día 23 de mayo un auto en el que decretó la libertad provisional sin fianza de Ivani María Da Silva Morais, en prisión desde el 14 de junio de 2007, y la de su hermana, en la cárcel desde el 4 de octubre del mismo año.

En sendos autos se especifica que "los autos de prisión y de libertad son reformables de oficio o a instancia de parte durante el curso de la causa, y todas las autoridades que intervengan en un procedimiento estarán obligadas a dilatar lo menos posible la detención o prisión provisional de los inculpados o procesados", por lo que "en atención a las circunstancias que concurren" en ambas acusadas procede decretar su libertad provisional.